Bolivia: Decreto Supremo Nº 25017, 20 de abril de 1998

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Considerando:

  • Que la Constitución Política del Estado en su artículo 199 dispone que “el Estado protegerá la salud física, mental y moral de la infancia y defenderá los derechos del niño al hogar y a la educación”;
  • Que han quedado disueltos, mediante Decreto Supremo Nº 24557 de 7 de abril de 1997, los proyectos PIDI-CIDI-PRONAM-6, habiéndose creado el Programa Nacional de Atención a Niñas y Niños Menores de Seis Años (PAN), como programa único en el país, encargado de garantizar la promoción de servicios de educación inicial, salud, nutrición y protección, en todo el territorio nacional, a los niños y niñas menores de esa edad de escasos recursos, priorizando a los más necesitados;
  • Que es necesario, dentro del nuevo ordenamiento de la estructura del Poder Ejecutivo, dotar a este programa del marco institucional adecuado, con autonomía de gestión, que tenga cobertura nacional;
  • Que la atención integral en educación inicial, salud, nutrición y protección a los niños y niñas menores de seis años en situación de riesgo, es prioridad del Gobierno nacional, dentro su políticas de lucha contra la pobreza.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- El Programa Nacional de Atención a Niñas y Niños (PAN) se ejecutará a través de una Dirección Ejecutiva, bajo la tuición del Ministerio de la Presidencia, con autonomía de gestión técnica, financiera y administrativa, y la participación directa de las prefecturas departamentales y los gobiernos municipales.

Artículo 2°.- El PAN contará con un comité a nivel nacional, comités departamentales y municipales, como mecanismos de coordinación, supervisión y definición de normas y políticas en sus respectivas áreas de acción. El nivel ejecutivo estará a cargo de un director ejecutivo y directores de área, además de directores departamentales y encargados de unidades municipales, según sea el caso.

Artículo 3°.- El Ministerio de Educación Cultura y Deportes definirá las normas integrales de atención al menor de seis años, en coordinación con los ministerios sectoriales involucrados y la Dirección Ejecutiva del PAN, y será responsable de la permanente adecuación de las mismas.

Artículo 4°.- El Comité Nacional estará conformado de la siguiente manera:
Ministro de la Presidencia o su representante, el Viceministro de Coordinación Gubernamental, como Presidente del Comité.
El Ministro de Educación Cultura y Deportes o su representante, el Viceministro de Educación Inicial Primaria y Secundaria.
El Ministro de Salud y Previsión Social o su representante, el Viceministro de Salud.
El Ministro de Desarrollo Sostenible o su representante, el Viceministro de Asuntos de Género Generacionales y Familia.
El Ministro de Hacienda o su representante, el Viceministro de Inversión Pública y Financiamiento Externo.
El Director Ejecutivo del PAN, con voz y sin voto.
El Comité Nacional, como organismo superior del PAN. se reunirá cada vez que sea necesario y por lo menos cada seis meses, siendo responsable de la aprobación de los planes operativos anuales y del manual operativo del programa que reglamenta sus operaciones.

Artículo 5°.- Los comités departamentales se reunirán por lo menos cada seis meses para la aprobación del POA departamental y cualquier revisión de éste. Estos comités deberán supervisar la buena ejecución del Programa y estarán conformados de la siguiente manera:
Prefecto del Departamento o su representante, en representación del Ministro de la Presidencia, como presidente.
Director Departamental de Desarrollo Social de la Prefectura.
Alcaldes Municipales o sus representantes.
Director Departamental del PAN que actuará como Secretario, con voz y sin voto.

Artículo 6°.- Los comités municipales se reunirán por lo menos cada seis meses para la aprobación del POA Municipal y cualquier revisión de éste. Estos comités deberán supervisar la buena ejecución del Programa y estarán conformados de la siguiente manera:
- Alcalde Municipal, como presidente
- Coordinador del Directorio Local de Salud
- Director Distrital de Educación
- Representante del Comité de Vigilancia
- Encargado del PAN que actuará como Secretario, con voz y sin voto.

Artículo 7°.- Quedan disueltas, a partir de la promulgación del presente decreto, las actuales estructuras de los proyectos PIDI. CIDI y PRONAM-6. debiendo procederse a la conformación de la estructura única, al cierre de las cuentas de cada proyecto y a la apertura de las cuentas del FAN, las que deberán manejarse en forma separada, por fuente de financiamiento.

Artículo 8°.- Se deroga las disposiciones legales contrarias al presente decreto supremo.


El señor Ministro de la Presidencia así como los señores Ministros de Estado en los despachos de Educación Cultura y Deportes, Salud y Previsión Social. Desarrollo Sostenible y Planificación y Hacienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veinte días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada. Femando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escobar Salguero.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 25017, 20 de abril de 1998
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEl Programa Nacional de Atención a Niñas y Niños (PAN) se ejecutará a través de una Dirección Ejecutiva, bajo la tuición del Ministerio de la Presidencia.
KeywordsDecreto Supremo, abril/1998
Origenhttp://www.lexivox.org/norms/BO-DS-25017.html
Referencias15257-29635.lexml
CreadorFDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada. Femando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escobar Salguero.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-24557] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24557, 7 de abril de 1997
Se crea el PROGRAMA NACIONAL DE ATENCION AL NIÑO NIÑA (PAN).

Referencias a esta norma

[BO-DS-25256] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25256, 18 de diciembre de 1998
Autorízase al Ministerio de la Presidencia transferir parte de los activos fijos del e Proyecto Centros Integrales de Desarrollo Infantil CID.
[BO-DS-27843] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27843, 12 de noviembre de 2004
Se aprueba realizar las Modificaciones Presupuestarias - Gestión 2004, del traspaso intrainstitucional por Bs. 1.583.384 , de recursos provenientes del BID a favor de la Prefectura del Departamento de Tarija, para incrementar la Partida 25800 del proyecto “Programa Nacional de Atención a Niños y Niñas Menores de Seis Años - PAN”.
[BO-DS-27911] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27911, 13 de diciembre de 2004
Modificación Presupuestaria - Gestión 2004, del traspaso intrainstitucional por Bs. 292.868 , de los recursos provenientes del BID, a favor de la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, para incrementar la partida 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” del proyecto PAN.
[BO-DS-27928] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27928, 20 de diciembre de 2004
Establecer el procedimiento de cierre definitivo del PAN.
[BO-DS-27927] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27927, 20 de diciembre de 2004
Se aprueba realizar la Modificación Presupuestaria - Gestión 2004, de la Partida 31100 “Alimentos y Bebidas para Personas y Desayuno Escolar” a la Partida 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión”, por Bs. 177.716 , a favor de la Prefectura del Departamento del Beni (PAN).
[BO-DS-28533] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28533, 20 de diciembre de 2005
Se amplia el plazo para el cierre definitivo del componente BID del PAN.
[BO-DS-28543] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28543, 22 de diciembre de 2005
Determinar las atribuciones y competencias de Entidades Públicas encargadas de la continuidad del PAN.
[BO-DS-28828] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28828, 23 de agosto de 2006
Se amplía el plazo para el cierre definitivo del Componente BID del Programa Nacional de Atención al Niño Niña menores de 6 años - PAN.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.