CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- En el marco de la Ley Nº 1629 de 30 de junio de 1995, que aprueba el Programa Complementario de cooperación financiera entre los Gobiernos de España y Bolivia de 17 de diciembre de 1992, y de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 23920 de 23 de diciembre de 1994, se autoriza al Tesoro General de la Nación el pago del componente OCDE del crédito destinado al “Equipamiento para el Nuevo Hospital Viedma” hasta un monto de $us.2.831.819.50.
Asimismo se autoriza a la Prefectura del Departamento de Cochabamba el pago del componente FAD para dicho financiamiento, según las disposiciones del Decreto Supremo Nº 23920, hasta un monto de $us.2.831.819.50.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24758, 31 de julio de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | En el marco de la Ley 1629 de 30 /06/ 1995, que aprueba el Programa Complementario de Cooperación Financiera con España y el pago del componente OCDE del crédito destinado al "Equipamiento para el Nuevo Hospital Viedma". | ||||
Keywords | Gaceta 2021, 1997-07-31, Decreto Supremo, julio/1997 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16315 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Víctor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia e Interino de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Edgar Saravia Durnik, Ministro Suplente sin Cartera Responsable de Capitalizacion, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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