Bolivia: Decreto Supremo Nº 24696, 7 de julio de 1997

CONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Considerando:

  • Que en fecha 21 de junio de 1997 el Poder Ejecutivo ha emitido el Decreto Supremo Nº 24666, disponiendo que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) constituyan y mantengan en fideicomiso la totalidad de los títulos, valores y otros recursos que componen los fondos de capitalización colectiva bajo mi administración.
  • Que al presente corresponde abrogar el Decreto Supremo Nº 24666.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se abroga el Decreto Supremo Nº 24666 de 21 de junio de 1997.


Los Señores Ministros de Estado en los despachos de Hacienda, sin Cartera Responsable de Capitalización y el Señor Superintendente de Pensiones quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los siete días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier. Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval. René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candía Castillo. Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24696, 7 de julio de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe abroga el decreto supremo 24666 de 21 de junio de 1997.
KeywordsDecreto Supremo, julio/1997
Origenhttp://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24696.html
Referencias15257-29635.lexml
CreadorFDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier. Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval. René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candía Castillo. Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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[BO-DS-24666] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24666, 21 de junio de 1997
Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) deberán constituir y mantener en fideicomiso (trust) la totalidad de los títulos-valores y otros recursos que componen los fondos de capitalización colectiva.

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