Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Los contratos suscritos por las sociedades de economía mixta objeto de capitalización, celebrados en oportunidad de los procesos de capitalización. los contratos suscritos por la Superintendencia de Pensiones y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) y los contratos celebrados por el Ministerio sin Cartera Responsable de Capitalización con consultores, asesores y firmas consultoras, así como las enmiendas y modificaciones posteriores a dichos contratos, deberán ser protocolizados y archivados ante las Notarías de Gobierno, Notarías Especiales de Minas y Petróleo y Notarías de Fe Pública, de conformidad a las estipulaciones de las minutas respectivas. En caso de protocolización ante las Notarías de Gobierno deberá pagarse únicamente Cinco 00/100 Bolivianos (Bs5.-) por cada hoja de protocolo o testimonio.
Artículo 2°.- Los contratos especificados en el artículo anterior, incluidas sus enmiendas y modificaciones posteriores, no requieren la firma de los fiscales en materia administrativa ni el pago de tasas por intervención del Ministerio Público. Sin embargo, el Ministerio Público, como representante del Estado y la sociedad, intervendrá en los casos que puedan presentarse con relación a dichos contratos, obligatoriamente y de oficio, en defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24642, 4 de junio de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Los contratos suscritos por las sociedades de economía mixta objeto de capitalización, deberán ser protocolizados y archivados ante las Notarías. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, junio/1997 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24642.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candía Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Alberto Vargas Covarmbias, Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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