CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Dispónese la vigencia administrativa del acuerdo de alcance parcial 34, y del primer protocolo adicional al acuerdo, suscritos entre la República de Bolivia y la República de Cuba respectivamente el 6 de mayo de 1995 y el 11 de junio de 1996, cuyos textos se anexan al presente decreto.
Artículo 2°.- El gobierno de Bolivia aplicará, en cumplimiento del mencionado acuerdo de alcance parcial y su protocolo adicional, las concesiones arancelarias del gravamen arancelario consolidado (GAC), otorgadas a la importación de los productos originarios de la República de Cuba, de conformidad con el anexo I.
Artículo 3°.- Se dispone la eliminación de las restricciones no arancelarias a la importación de los productos señalados en el artículo 2 del presente decreto supremo, con excepción de aquellos a que se refiere el artículo 50 del tratado de Montevideo 1980.
Artículo 4°.- Se debe cumplir, para los fines del artículo 2 de este decreto supremo, con las condiciones sobre normas de origen previstas en el Régimen General de Origen adoptado mediante la resolución 78 del Comité de Representantes de la ALADI, de conformidad con el anexo III del acuerdo.
Artículo 5°.- Se acreditará el origen y procedencia de los productos a que hace referencia el artículo anterior, mediante certificados emitidos por los organismos competentes designados en cada país.
Artículo 6°.- Dispónese que no se aplicará, para los efectos del artículo 2 de este decreto, el artículo único del Decreto Supremo Nº 14582 del 16 de mayo de 1977 ni la consiguiente disposición de la resolución ministerial 639/77 de 15 de julio de 1977.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24580, 25 de abril de 1997 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispónese la vigencia administrativa del acuerdo de alcance parcial 34, y del primer protocolo adicional al acuerdo, suscritos con la República de Cuba. | ||||
Keywords | Gaceta 1998, 1997-05-16, Decreto Supremo, abril/1997 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/18108 | ||||
Referencias | 1990b.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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