Bolivia: Decreto Supremo Nº 24507, 26 de febrero de 1997

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que Y. P. F. B. suscribió con la empresa Esso Exploration (Bolivia) Limited, un contrato de operación petrolífera para ejecutar trabajos en el bloque Poopó Sur, ubicado en los departamentos de Oruro y Potosí, según escritura pública 47/91 de 27 de agosto de 1, 991, previa aprobación por Decreto Supremo Nº 22740 de 4 de marzo de 1, 991;
  • Que Esso Exploration (Bolivia) Limited subrogó el 50% de sus derechos y obligaciones derivados de su contrato de operación petrolera en favor de la empresa Marathom Petroleum Bolivia Limited, subrogación aprobada por Decreto Supremo Nº 23706 de 6 de enero de 1994;
  • Que el directorio de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos aprobó, mediante resolución 120/95 de 8 de noviembre de 1, 995, la solicitud presentada por Esso Exploration (Bolivia) Limited de ampliación del plazo, en ciento ochenta (180) días, para comunicar a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos su decisión de ingresar al primer año del período adicional de exploración, quinto año de contrato, correspondiente al bloque Poopó Sur;
  • Que la Junta Directiva Estatal de Y. P. F. B. ha aprobado también, por resolución 04/96 de 8 de febrero de 1, 996, la solicitud de la compañía contratista Esso Exploration (Bolivia) Limited;
  • Que es necesaria la aprobación legal, por decreto, que ampare la prórroga solicitada por Esso Exploration (Bolivia) Limited y la consiguiente modificación de contrato propuesta por la contratista.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Homológase la autorización que el directorio de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos ha otorgado a la entidad petrolera, mediante resolución 120/95 de 8 de noviembre de 1, 995, para que su entidad suscriba el pertinente contrato modificatorio de la subclaúsula 5.5. del contrato de operación petrolera con Esso Exploration (Bolivia) Limited, concerniente al bloque Poopó Sur.

Artículo 2°.- Autorízase a los representantes legales de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos suscribir con los personeros legales de la Esso Exploration (Bolivia) Limited el mencionado contrato modificatorio, que debe ser refrendado por un fiscal de materia administrativa y protocolizado en la Notaria de Minas y Petróleo, bajo las formalidades de ley.


El señor Ministro de Estado, en el despacho sin Cartera responsable de Desarrollo Económico, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de febrero de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Rene Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Balcazar G., Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24507, 26 de febrero de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioHomológase la autorización del directorio de Y.P.F.B. para que suscriba el pertinente contrato modificatorio de la subclaúsula 5.5. del contrato de operación petrolera con Esso Exploration (Bolivia) Limited, concerniente al bloque Poopó Sur.
KeywordsGaceta 1990, 1997-03-31, Decreto Supremo, febrero/1997
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/10838
Referencias1997.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Rene Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Balcazar G., Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-22740] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22740, 4 de marzo de 1991
Se aprueban en sus ventiún cláusulas y seis anexos A, B, C, D, E, y F las minutas de los dos Contratos de Operación acordados entre Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y la Compañía ESSO EXPLORATION BOLIVIA LIMITED, para la ejecución de trabajos de exploración y explotación petrolera en el Area Poopó Norte ubicada en las provincias Aroma, Loayza, Pacajes y Gualberto Villarroel del Departamento de La Paz y Provincias Cercado, Carangas, Saucarí y Dalence del Departamento de Oruro y Area Poopó Sur ubicada en las provincias Saucari, Dalence, Poopó, Abaroa y Cabrera del Departamento de Oruro, de conformidad con la Ley de Hidrocarburos.
[BO-DS-23706] Bolivia: Decreto Supremo Nº 23706, 6 de enero de 1994
Se autoriza a la empresa ESSO EXPLORATION BOLIVIA LTD. subrogar y transferir el 50% de sus acciones, derechos y obligaciones, en favor de la Compañía MARATHON PETROLEUM BOLIVIA LTD.

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