Bolivia: Decreto Supremo Nº 24351, 16 de agosto de 1996

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la minuta de acuerdo del 15 de diciembre de 1995 del Club de París VI establece la reorganización de la deuda externa bilateral de nuestro país;
  • Que la implementación de dicho acuerdo requiere la negociación bilateral con cada país participante acreedor;
  • Que las negociaciones bilaterales, en el caso particular de Alemania, han sido efectuadas del 3 al 5 de junio de 1996, requiriéndose la suscripción de los respectivos convenios;
  • Que el Decreto Supremo Nº 23932 de 23 de diciembre de 1994 determina que los convenios internacionales negociados y renegociados serán firmados por el Ministro de Hacienda y el Presidente del Banco Central de Bolivia;
  • Que estos convenios serán firmados en Bonn, con motivo de la visita del señor Presidente de la República de Bolivia a Alemania.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza al Presidente del Banco Central de Bolivia para que firme, en representación de la República de Bolivia los convenios bilaterales con Alemania dentro el marco del Club de París VI.


El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis día del mes de agosto de mil novecientos noventa y seis años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y SUPLENTE DE JUSTICIA, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Guillermo Richter Ascimani, Alfonso Revollo Thenier, MINISTRO SUPLENTE SIN CARTERA RESPONSABLE DE DESARROLLO ECONOMICO.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24351, 16 de agosto de 1996
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al presidente del Banco Central de Bolivia para que firme, en representación de la República de Bolivia los convenios bilaterales con Alemania dentro del marco del Club de París VI.
KeywordsGaceta 1947, 1996-09-09, Decreto Supremo, agosto/1996
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16254
Referencias1990b.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y SUPLENTE DE JUSTICIA, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Guillermo Richter Ascimani, Alfonso Revollo Thenier, MINISTRO SUPLENTE SIN CARTERA RESPONSABLE DE DESARROLLO ECONOMICO.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-23932] Bolivia: Decreto Supremo Nº 23932, 23 de diciembre de 1994
Se convalidan los convenios de renegociación y enmiendas en el marco del Club de París, efectivizados y firmados por el exMinistro de Planeamiento y Coordinación y el Presidente del Banco Central en su caso.

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