Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- El Proyecto Villa Montes Sachapera, cumplirá con los convenios firmados con las comunidades Matacos de fechas 24 de mayo de 1990. 10 de enero de 1994, 1ro. de febrero de 1994 y 1ro de agosto de 1995.
Artículo 2°.- Se ratifica el carácter fiscal de las 3.600 Has (TRES MIL SEISCIENTAS HECTAREAS) que conforman el Primer Módulo del Proyecto, de conformidad con el artículo quinto del Decreto Supremo Nº 22053.
Artículo 3°.- Se reconoce el derecho propietario de los asentados con titulo legitimo en el área del Proyecto. Se garantiza en igual forma el de las comunidades de Capirendita y Quebrachal. que cuentan con títulos ejecutoriales de acuerdo con el artículo undécimo del Decreto Supremo Nº 23500.
Artículo 4°.- Son beneficiarios con derecho preferente en el área de riego, el pueblo indígena WEENHAYEK.
Artículo 5°.- PROVISA desarrollará campañas de información en favor del pueblo indígena Weenhayek, con el propósito de dar a conocer las bondades del Proyecto, las ventajas y oportunidades que le ofrece, incentivándoles a formar parte del mismo.
Artículo 6°.- PROVISA realizará en favor de los miembros de las comunidades indígenas Weenhayek, interesados en la vocación agrícola, programas de capacitación dentro del rubro agrícola y brindará asistencia técnica para ampliar sus sistemas de organización en la explotación agrícola.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24256, 12 de marzo de 1996 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | El Proyecto Villa Montes Sachapera, cumplirá con los convenios firmados con las comunidades Matacas de fechas 24/05/1990, 10/01/1994, 1ro. /02/1994 y 1ro /08/1995. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, marzo/1996 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24256.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga. Carlos Sánchez Berzain, Jorge Otasevic Toledo, Rudy Araujo Medinacelli, MIN. SUPLENTE DE LA PRESIDENCIA. René Oswaldo Blattmann Bauer, Gonzalo Afcha de la Parra. MIN SUPLENTE DE HACIENDA, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Irving Alcaráz del Castillo. Alfonso Revollo Thenier Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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