Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Ampliase por esta única vez por noventa días adicionales, computables a partir del 27 de febrero de 1996, el plazo fijado por los artículos 3 y 4 del Decreto Supremo Nº 24149 de 19 de octubre de 1995, para la presentación de documentos e inscripción provisional en el catastro minero.
Artículo 2°.- Aclárace el artículo 22 del Decreto Supremo Nº 24149 de 19 de octubre de 1995, en sentido que la abrogación que dispone se refiere exclusivamente a la metodología para la realización de las operaciones catastrales, comprendida en los artículos 13 al 30, inclusive, de los capítulos I, II, III, titulo II del Decreto Supremo Nº 23553 de 21 de julio de 1993, quedando los demás artículos de ese decreto plenamente vigentes.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24248, 7 de marzo de 1996 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ampliase noventa días adicionales, computables a partir del 27 de febrero de 1996, el plazo fijado por los artículos 3 y 4 del decreto supremo 24149 de 19 de octubre de 1995. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, marzo/1996 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24248.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA. Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzain, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmusz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Irving Alcaráz del Castillo, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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