CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Las Corporaciones Regionales de Desarrollo actuarán como Comités de Contratación en aspectos Técnico-legales, de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 21660 Anexo 3, para los procesos de licitación y adjudicación de Contratos de Infraestructura, Provisión, Adquisición y Contratación de Bienes y Servicios, emergentes de las transferencias de los proyectos de las Corporaciones Regionales de Desarrollo a los Gobiernos Municipales, en el marco de la Ley de Participación Popular a solicitud de los Gobiernos Municipales.
Este procedimiento de licitaciones y adjudicaciones podrá ser también aplicado en la adjudicación de nuevos proyectos o contratos no incluidos en las transferencias emergentes de la Ley de Participación Popular, a solicitud de los Gobiernos Municipales y mediante la firma de Convenios entre éstos y las Corporaciones Regionales de Desarrollo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23856, 7 de septiembre de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Las Corporaciones Regionales de Desarrollo actuarán como Comités de Contratación en aspectos técnic legales, de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo 21660 Anexo 3. | ||||
Keywords | Gaceta 1849, 1994-09-23, Decreto Supremo, septiembre/1994 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/11869 | ||||
Referencias | 1994.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Eduardo Trigo O'Connor d'Arlach MIN. SUPLENTE DE RR. EE. Y CULTO, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, Rene Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Fernando Ruiz Mier MIN. SUPLENTE DE DESARROLLO HUMANO, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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