CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorízase al Banco Central de Bolivia y al Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico transigir con Woodstead Associates una solución definitiva de pago por $us.756.768.61, que representa el ochenta por ciento (80%) del capital adeudado novecientos CUARENTA Y CINCO mil novecientos SESENTA 77/100 DÓLARES AMERICANOS ($US.945.960.77), pago que constituye la extinción total de la deuda, incluyendo intereses y gastos judiciales.
Artículo 2°.- Autorízase al Banco Central de Bolivia, depositar con cargo al Tesoro General de la Nación, en una cuenta en fideicomiso en los Estados Unidos de América, el monto de $us.756.768.61, a ser cancelado a Woodstead Associates en 26 de agosto de 1994, a través de los abogados Williams & Connolly en dicho país.
Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico y a los representantes legales del Banco Central de Bolivia a suscribir los respectivos convenios de liquidación total de la deuda y liberaciones.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23849, 24 de agosto de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase al Banco Central de Bolivia y al Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico transigir con Woodstead Associates una solución definitiva de pago por $us. 756,768,61, que representa el 80% del capital adeudado $us. 945,960,77, pago que constituye la extinción total de la deuda, incluyendo intereses y gastos judiciales. | ||||
Keywords | Gaceta 1847, 1994-09-09, Decreto Supremo, agosto/1994 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/11861 | ||||
Referencias | 1994.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, Rene Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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