CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Créase el MUSEO NACIONAL DE HISTORIA NATURAL como entidad pública, con personalidad jurídica, con capacidad de gestión técnico administrativa y patrimonio propio bajo la tuición y supervisión del Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 23660 de 12 octubre de 1993.
Artículo 2°.- El Museo Nacional de Historia Natural tendrá como objetivo y funciones los siguientes:
Artículo 3°.- El directorio del Museo Nacional de Historia Natural se conforma de la siguiente manera:
Artículo 4°.- Constituyen patrimonio del Museo de Historia Natural:
Artículo 5°.- El Museo Nacional de Historia Natural se constituye en depositario o beneficiario de los bienes muebles e inmuebles, colecciones científicas y otros legados que entidades públicas y privadas el otorguen bajo ese concepto.
Artículo 6°.- El directorio y personal superior del Museo Nacional de Historia Natural elaborará, en el término de sesenta días, su estatuto y reglamento, para su respectiva aprobación.
Artículo 7°.- Las partidas del Tesoro General de la Nación asignadas a la Academia Nacional de Ciencias, consignadas para el financiamiento del Museo Nacional de Historia Natural, se traspasa íntegramente a este último.
Artículo 8°.- Se deroga todas las disposiciones legales contrarias a este decreto.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23757, 7 de abril de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Créase el MUSEO NACIONAL DE HISTORIA NATURAL. | ||||
Keywords | Gaceta 1827, 1994-04-15, Decreto Supremo, abril/1994 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17739 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzaín, René Oswaldo Blattmann Bauer, Alfonso Revollo Thenier MIN. SUPLENTE DE HACIENDA Y DESARROLLO ECONÓMICO, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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