CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Apruébase la resolución 38/93 de 7 de mayo de 1993 del directorio de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos que amplía por un año, a partir del 11 de julio de 1993 hasta el 11 de julio de 1994, a favor del consorcio Texaco Mobil y Shell, la subfase I del período básico de exploración del contrato de operación petrolera que tiene suscrito con YPFB. para efectuar trabajos en el área Madidi, ubicada en los departamentos de La Paz y Beni, denominada Subandino Norte. El consorcio Texaco Mobil y Shell tiene el deber de notificar por escrito a la empresa fiscal de hidrocarburos, con 30 días de anticipación a la fecha del nuevo vencimiento del plazo establecido, su decisión de ingresar o no a la subfase II, de acuerdo a estipulaciones acordadas en el inciso 5.3.2. del contrato.
Artículo 2°.- Autorízase a los personeros legales de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos suscribir el correspondiente convenio modificatorio y ampliatorio, que debe ser refrendado por el Fiscal de Materia Administrativa y protocolizado en la Notaría de Minas y Petróleo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23707, 6 de enero de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Apruébase la resolución 38/93 de 7 /05/ 1.993 del directorio de Y.P.F.B. que amplía por un año, a partir del 11 /07/ 1.993 hasta el 11 /07/ 1994, a favor del Consorcio Texaco Mobil y Shell. | ||||
Keywords | Gaceta 1816, 1994-01-10, Decreto Supremo, enero/1994 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17672 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Carlos Sánchez Berzain, MIN. DE LA PRESIDENCIA Y SUPLENTE DE GOBIERNO, Antonio Céspedes Toro, Carlos Morales Guillén, Fernando Illanes de la Riva, Fernando Romero Moreno, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Herman Antelo Laughlin. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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