Bolivia: Decreto Supremo Nº 23457, 31 de marzo de 1993

LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINODE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Decreto Supremo Nº 23035 de 23 de enero de1992 aprobó el acuerdo de cooperación boliviano español de 20 de septiembre de 1991 y la recepción de la donación de 50.000 unidades de pasaportes corrientes de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre del Gobierno de España y diez máquinas plastificadoras en caliente para la impresión final de aquellos;
  • Que el artículo 6 de la mencionada disposición legal estableció un régimen de liberaciones arancelarias para 400.00 unidades de pasaportes, omitiendo incluir las máquinas plastificadoras en caliente para la impresión final de pasaportes, asi como la exención del 0.5% correspondiente a AADAA y la tasa del 2% por servicios prestados acumulados;
  • Que el artículo 47 del Decreto Supremo Nº 21060, abrogatorio de otras liberaciones, mantiene las de derechos y gravámenes aduaneros establecidas en contratos con el Estado o por convenios internacionales, como el citado acuerdo de cooperación celebrado por los gobiernos de Bolivia y España.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Complementándose el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 23035 de 23 de enero de 1992, exímese al Ministerio de Finanzas del pago del 0.5% sobre el valor CIF para AADAA y el 2% de servicios prestados acumulados, correspondiente a todas las importaciones de pasaportes y máquinas plastificadoras en caliente para la impresión final de pasaportes, internados o por internarse al país, con destino exclusivo al Ministerio de Finanzas, dentro el marco del acuerdo de cooperación boliviano español de 20 de septiembre de 1991.


El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y uno días del mes de marzo de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Roberto Pacheco Hertzog Min. RR. EE. Y Culto a. i., Marco Antonio Oviedo Huerta Min. Interior Migración Justicia y Defensa Social a. i. Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Flavio Escóbar Llanos Min. Planeamiento y Coordinación a. i. Mario Requena Min. Finanzas a. i., Abigail Pérez Medrano Min. de Educación y Cultura a. i., Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23457, 31 de marzo de 1993
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioComplementándose el art. 6º; del decreto supremo 230351 de 23 de enero de 1,9921 (Pasaportes).
KeywordsGaceta 1784, 1993-04-30, Decreto Supremo, marzo/1993
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17403
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Roberto Pacheco Hertzog Min. RR. EE. Y Culto a. i., Marco Antonio Oviedo Huerta Min. Interior Migración Justicia y Defensa Social a. i. Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Flavio Escóbar Llanos Min. Planeamiento y Coordinación a. i. Mario Requena Min. Finanzas a. i., Abigail Pérez Medrano Min. de Educación y Cultura a. i., Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-21060] Bolivia: Decreto Supremo Nº 21060, 29 de agosto de 1985
Nueva Política Económica
[BO-DS-23035] Bolivia: Decreto Supremo Nº 23035, 23 de enero de 1992
Se aprueba el Acuerdo de cooperación firmado por Bolivia con España el 20 de septiembre de 1991

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