Bolivia: Decreto Supremo Nº 23437, 25 de marzo de 1993

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que por Decreto Supremo Nº 22861 de 15 de Julio de 1991, se determinó la disolución del Banco Agrícola de Bolivia y consiguiente liquidación de sus bienes;
  • Que mediante Ley Nº 1401 de 16 de Diciembre de 1992, se ha creado la provincia Caranavi en el departamento de La Paz, requiriendo contar con un inmueble adecuado para el funcionamiento de la Subprefectura y otras dependencias;
  • Que entre los bienes pertenecientes al Banco Agricola, figura un inmueble ubicado en la ciudad de Caranavi que es adecuado para instalar la Casa de Gobierno de la nueva provincia Caranavi;
  • Que la transferencia de un inmueble de propiedad del Estado a una Institución igualmente estatal, no requiere de aprobación legislativa.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza al Ministerio de Finanzas, para que en representación del Estado, transfiera a titulo gratuito el inmueble de propiedad del Banco Agrícola de Bolivia en liquidación, que posee en la ciudad de Caranavi, en favor de la Prefectura del departamento de La Paz, con destino a instalar la Casa de Gobierno de la provincia Caranavi del departamento de La Paz.

Artículo 2°.- La Superintendencia de Bancos que tiene a su cargo la liquidación de los bienes y activos del Banco Agrícola, dispuesto por el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 22861, excluirá el citado inmueble del patrimonio del Banco en liquidación.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, del Interior, Migración y Justicia y de Defensa Social, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Flavio Escóbar Llanos Min. Planeamiento y Coordinación a. i., Mario Requena Min. Finanzas a. i., Abigail Pérez Medrano Min. Educación y Cultura a. i., Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Müller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23437, 25 de marzo de 1993
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Ministerio de Finanzas, transferir el inmueble de propiedad del Banco Agrícola de Bolivia en liquidación, que posee en la ciudad de Caranavi, en favor de la Prefectura del departamento de La Paz.
KeywordsGaceta 1782, 1993-04-19, Decreto Supremo, marzo/1993
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17380
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Flavio Escóbar Llanos Min. Planeamiento y Coordinación a. i., Mario Requena Min. Finanzas a. i., Abigail Pérez Medrano Min. Educación y Cultura a. i., Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Müller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-22861] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22861, 15 de julio de 1991
Iniciase el procedimiento legal de disolución y liquidación del Banco Agrícola de Bolivia.
[BO-L-1401] Bolivia: Ley Nº 1401, 16 de diciembre de 1992
Provincia de Caranavi, créase en la jurisdicción del Departamento de La Paz

Referencias a esta norma

[BO-DS-24001] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24001, 12 de mayo de 1995
El Tesoro General de la Nación asumirá el pasivo emergente de la transferencia referida hasta la suma de US$. 36.064 , por concepto de cobertura por la transferencia del inmueble situado en la plaza Eduardo Abaroa, entre las calles Cobija y Antonio José de Sucre de la población Caranavi en la provincia Caranavi, departamento de La Paz de propiedad del Banco Agrícola de Bolivia, en liquidación, en favor de la Prefectura de La Paz.
[BO-DS-24649] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24649, 13 de junio de 1997
Se abrogan los Decretos Supremos 24125 y 24126 de 21 /09/ 1995.

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