Bolivia: Decreto Supremo Nº 23399, 3 de febrero de 1993

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Poder Ejecutivo ha declarado de interés nacional, en el artículo 103 del Decreto Supremo Nº 22407 de 11 de enero de 1.990, a los XII Juegos Deportivos Bolivarianos que se realizarán en las ciudades de Cochabamba y Santa Cruz el año 1, 993, dentro la prioridad que otorga a las actividades deportivas;
  • Que el Gobierno ha asignado los fondos necesarios para la construcción de la correspondiente infraestructura deportiva destinada a los mencionados juegos, cumpliendo el compromiso internacional expresado en el artículo 104 del Decreto Supremo Nº 22407; para cuya realización se necesita además importar materiales, equipos e implementos deportivos con destino a las construcciones deportivas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Libérase a la Secretaría General del Deporte y la Juventud del pago de gravamen aduanero consolidado, GAC, sobre las importaciones de materiales, equipos e implementos deportivos destinados a la infraestructura y equipamiento para los XII Juegos Deportivos Bolivarianos que se ralizarán en las ciudades de Cochabamba y Santa Cruz el año 1, 993.


El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodríguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arríen, Alvaro Rejas Villarroel, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23399, 3 de febrero de 1993
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLibérase a la Secretaría General del Deporte y la Juventud del pago del GAC, sobre las importaciones de materiales, equipos e implementos deportivos, (XII Juegos Deportivos Bolivarianos).
KeywordsGaceta 1772, 1993-02-12, Decreto Supremo, febrero/1993
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9988
Referencias1993.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodríguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arríen, Alvaro Rejas Villarroel, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-22407] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22407, 11 de enero de 1990
Politicas de accion para consolidar la estabilidad y promover el crecimiento economico, el empleo, el desarrollo social y la modernizacion del Estado

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