Bolivia: Decreto Supremo Nº 23031, 15 de enero de 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1, 991 aprobó el presupuesto general de la nación, para su vigencia durante la presente gestión fiscal;
  • Que el Ministerio de Minería y Metalurgia solicita, mediante nota DIR. ADM./c/097/91 y SENCAM 04/91 de 28 de julio y 27 de agosto de 1, 991, traspasos intrainstitucionales de fondos;
  • Que la Dirección de Organización Normas y Procedimientos Administrativos del Ministerio de Finanzas expresa, en su informe DONPA 113/91, que la Dirección de Programación de Operaciones debe definir el procedimiento y autorización del traspaso;
  • Que esta última dirección afirma, en su informe AC/12/360/91, que los traspasos intrainstitucionales solicitados son procedentes, señalando que se constató, en el análisis del presupuesto del Ministerio de Minería y Metalurgia, que los proyectos 01 y 02 están programados en el grupo 400 subgrupo 420, partida 423 “Construcciones de bienes nacionales de dominio público” con recursos del Tesoro General de la Nación;
  • Que los traspasos intrainstitucionales que generan incrementos al grupo 100 “Servicios personales” deben ser aprobados únicamente por decreto supremo, en correcta aplicación del artículo 13-c del Reglamento de Ejecución Presupuestaria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 22572 de 13 de agosto de 1, 990.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Autorízase al Ministerio de Minería y Metalurgia efectuar, en su presupuesto aprobado, gestión 1, 991, el siguiente traspaso intrainstitucional por CIENTO CINCUENTA Y UN mil DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS 00/100 BOLIVIANOS (Bs151.282.-) y la modificación de UN MILLON SEISCIENTOS veinte y nueve mil novecientos SESENTA Y DOS 00/100 BOLIVIANOS (Bs1.629.962.-) en el grupo 100, indicada también a continuación, sumando un total de UN MILLON novecientos OCHENTA Y UN mil DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO 00/100 BOLIVIANOS (Bs1.781.244.-):

ORGANISMO :MINISTERIO DE MINERIA Y METALURGIA
PROGRAMA 10 :POLITICA GENERAL PARA LA MINERIA Y METALURGIA
PROYECTO 01 :REHABILITACION SECTOR MINERO RECURSOS : TESORO NACIONAL
GESTION :1991

(en bolivianos)


DE:

400ACTIVOS REALES151.282
420Construcciones151.282
423Construcciones de bienes nacionales de dominio público151.282
TOTAL151.282

A:

300MATERIALES Y SUMINISTROS37.560
310Alimentos y productos agroforestales176
311Alimentos y bebidas para personas176
330Textiles y vestuario234
331Hilados y telas234
340Producto de papel, cartón e impresos14.526
341Papel de escritorio10.875
343Productos de papel y cartón244
344Libros y revistas3.260
346Periódicos147
360Productos químicos y combustibles y lubricantes587
366Tintas, pinturas y colorantes587
370Productos de Minerales No metálicos y plásticos274
372Productos de Vidrio98
377Producto de material plástico176
390Productos varios21.763
391Material de Limpieza1.604
395Utiles de escritorio y oficina20.159
400ACTIVOS REALES113.722
430Maquinaria y equipo113.722
431Equipo de oficina y muebles77.862
433Equipo de trasporte, tracción y elevación35.860
TOTAL151.282
ORGANISMO :MINISTERIO DE MINERIA Y METALURGIA
PROGRAMA 10 :POLITICA GENERAL PARA LA MINERIA Y METALURGIA
PROYECTO 02 :SERVICIO TECNICO CATASTRO MINERO
RECURSOS :TESORO NACIONAL
GESTION :1991

(en bolivianos)


DE:

400ACTIVOS REALES1.629.962
420Construcciones1.629.962
423Construcciones de bienes nacionales de dominio público1.629.962
TOTAL1.629.962

A:

100SERVICIOS PERSONALES254.906
110Empleados Permanentes216.022
114Aguinaldos16.617
117Sueldos199.405
130Previsión Social38.884
131Aporte patronal al Seguro Social34.896
132Aporte patronal para Vivienda3.988
200SERVICIOS NO PERSONALES230.521
210Servicios básicos15.843
211Comunicaciones2.245
212Energía eléctrica y agua9.206
213Servicios telefónicos4.392
220Servicios de transporte y seguro105.315
221Pasajes26.352
222Viáticos44.864
223Fletes y almacenamiento17.690
225Seguros16.409
230Alquileres28.914
231Edificios9.150
232Equipos y maquinarias19.764
240Mantenimiento y reparaciones26.352
241Edificios y equipos26.352
250Servicios profesionales y comerciales48.387
252Estudios, investigaciones y proyectos18.300
253Comisiones y gastos bancarios1.098
254Lavandería, limpieza e higiene3.953
255Publicidad6.736
256Imprenta18.300
260Otros servicios no personales5.710
261Impuestos indirectos, tasas y derechos obligatorios1.318
266Otros servicios no personales4.392
300MATERIALES Y SUMINISTROS159.246
310Alimentos y productos agroforestales5.270
311Alimentos y bebidas para personas5.270
340Producto de papel, cartón e impresos35.502
341Papel de escritorio26.352
343Productos de papel y cartón3.660
344Libros y revistas3.953
346Periódicos1.537
350Productos de cuero y caucho26.352
354Llantas y neumáticos26.352
360Productos químicos y combustibles y lubricantes46.116
362Combustibles y lubricantes46.116
370Productos de Minerales No metálicos y plásticos2.635
372Productos de Vidrio2.635
380Productos metálicos8.784
386Herramientas Menores8.784
390Productos varios34.587
391Material de Limpieza8.235
395Utiles de escritorio y oficina26.352
400ACTIVOS REALES985.289
430Maquinaria y equipo985.289
431Equipo de oficina y muebles40.728
433Equipo de trasporte, tracción y elevación352.134
434Equipo médico y de laboratorio512.353
435Equipo de comunicaciones80.074
TOTAL1.629.962


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Minería y Metalurgia así como Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de enero de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Hedim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 23031, 15 de enero de 1992
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase al Ministerio de Minería y Metalurgia efectuar, en su presupuesto aprobado, gestión 1,991, el siguiente traspaso intrainstitucional por CIENTO CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS 00/100 BOLIVIANOS (Bs151.282.-)
KeywordsGaceta 1728, 1992-03-13, Decreto Supremo, enero/1992
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9803
Referencias1992.lexml
CreadorFDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Hedim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-22572] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22572, 13 de agosto de 1990
Se aprueba el adjunto Reglamento de Ejecución Presupuestaria en sus cuarentaiseis artículos y ocho capítulos, cuyo texto es parte del presente decreto supremo, debiendo entrar en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
[BO-L-1231] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1991, 7 de febrero de 1991
Presupuesto General de la Nación. Se aprueba de la Gestión Fiscal 1991

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.