CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Ratificase la vigencia de los artículos 5 del Decreto Supremo Nº 20988 de 1 de agosto de 1985 y 9 del decreto Nº 21242 de 22 de abril de 1986.
Artículo 2°.- Los fondos de pensiones de la banca estatal y de la banca privada tienen la obligación de pagar las nivelaciones de las pensiones jubilatorias a su cargo, hasta que adapten sus régimenes de prestaciones al sistema de los seguros sociales de invalidez, vejez y muerte establecidos en el Código de Seguridad Social, su reglamento y disposiciones conexas, de acuerdo a los artículos 3 del decreto 10173 de 28 de marzo de 1972 y 9 del Decreto Supremo Nº 21242 de 22 de abril de 1986, siendo entretanto improcedente el pago del bono del Estado a ese sector porque su actual régimen de beneficios jubilatorios no incluye la prima perpétua.
Artículo 3°.- Se deroga todas las disposiciones legales contrarias a este decreto; derogación que no incluye ni afecta en ninguna forma al artículo 11 del Decreto Supremo Nº 22861 de 15 de julio de 1991, en plena vigencia.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23002, 6 de diciembre de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ratificase la vigencia de los artículos 5 del decreto supremo 20988 de 1 de agosto de 1985 y 9 del decreto 21242 de 22 de abril de 1986. | ||||
Keywords | Gaceta 1723, 1992-01-20, Decreto Supremo, diciembre/1991 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9762 | ||||
Referencias | 1992.lexml | ||||
Creador | Fdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Mario Catacora Landívar Min. Presidencia de la República a. i., Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Hedim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero, Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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