Bolivia: Decreto Supremo Nº 22932, 11 de octubre de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de La Paz (SAMAPA) requiere con urgencia la afectación de 43.2140 Hectáreas de terrenos ubicados en la Comunidad denominada “HAMPATURI”, del cantón Palca de la provincia Murillo del departamento de La Paz, con destino a la ampliación de la presa en la laguna “Ajuan Khota” que almacenara aproximadamente 3.330.000 mts3 de agua cruda;
  • Que es deber del Estado cooperar y apoyar los proyectos de esta magnitud por responder a necesidades vitales importantes cuales son la provisión y abastecimiento de agua potable a la población de la ciudad de La Paz en sus distintas zonas;
  • Que el mencionado terreno reúne las condiciones adecuadas para la construcción de una represa para la captación de agua, imponiéndose su expropiación conforme dispone el artículo 22 de la Constitución Política del Estado por causa de necesidad y utilidad públicas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se expropia por causa de necesidad . y utilidad públicas la superficie de 43.2140 Hectáreas de terrenos del sector circundante a la laguna denominanda “Ajuan Khota” de la comunidad “Hampaturi” del cantón Palca de la provincia Murillo del departamento de La Paz, en favor del Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SAMAPA), con destino a la ampliación de la presa en la laguna Ajuan Khota.

Artículo 2°.- La Prefectura del Departamento de La Paz, queda encargado de iniciar, proseguir el trámite administrativo de expropiación de acuerdo al decreto supremo del 4 de abril de 1, 879 elevado a rango de Ley en 30 de diciembre de 1884.

Artículo 3°.- El pago del valor indemnizatorio del terreno a expropiarse se efectuará con recursos propios de SAMAPA.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Asuntos Urbanos, Asuntos Campesinos y Agropecuarios asi como del Interior Migración Justicia y Defensa Social, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad La Paz, a los once días del mes de octubre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Edim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22932, 11 de octubre de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe expropia por causa de necesidad .y utilidad públicas la superficie de 43.2140 Hectáreas de terrenos del sector circundante a la laguna denominanda "Ajuan Khota" de la comunidad "Hampaturi" del cantón Palca de la provincia Murillo del departamento de La Paz, en favor del Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SAMAPA), con destino a la ampliación de la presa en la laguna Ajuan Khota.
KeywordsGaceta 1718, 1991-10-13, Decreto Supremo, octubre/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9686
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Edim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.
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Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

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