CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorízase la internación temporal al país por seis (6) años de los equipos concedidos en comodato o préstamo de uso por la Empresa Nacional de Telecomunicaciones de Colombia, TELECOM, a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL, Bolivia, procedente del mencionado país, de acuerdo al detalle del adjunto listado.
El plazo de los seis (6) años será computable a partir del momento del registro de pólizas en la sección Operaciones de la Aduana respectiva.
Artículo 2°.- La internación temporal, autorizada en el artículo 1, se efectuará en los términos previstos por el artículo 25 del anexo del Decreto Supremo Nº 22775 de 8 de abril de 1991.
Se exime a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL, de la presentación de la boleta de garantía por el ciento por ciento (100%) de los tributos aduaneros e impuestos internos.
Artículo 3°.- La Empresa Nacional de Telecomunicaciones ENTEL, debe proceder a la cancelación de los registros de internación temporal, dentro el plazo de los seis años (6) previsto en el artículo 1, con las pólizas de reexportación o de nacionalización de los equipos.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22870, 17 de julio de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase la internación temporal al país por seis (6) años de los equipos concedidos en comodato o préstamo de uso por la Empresa Nacional de Telecomunicaciones de Colombia, TELECOM, a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, ENTEL, Bolivia, procedente del mencionado país, de acuerdo al detalle del adjunto listado. | ||||
Keywords | Gaceta 1717, 1991-12-02, Decreto Supremo, julio/1991 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9678 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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