CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Convócase a sesiones extraordinarias del Honorable Congreso Nacional, a objeto de considerar los siguientes asuntos:
- Autorización para el ingreso de asesores de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América en la lucha contra el tráfico de drogas.
- Ley de modificaciones al Código de Minería.
Artículo 2°.- El Congreso Nacional se instalará sin ceremonial y funcionará en la ciudad de La Paz, a partir del día martes 2 de abril de 1991.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22762, 28 de marzo de 1991 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Convócase a sesiones extraordinarias del Honorable Congreso Nacional, a objeto de considerar los siguientes asuntos: | ||||
Keywords | Gaceta 1686, 1991-04-15, Decreto Supremo, marzo/1991 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8913 | ||||
Referencias | 1991.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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