Bolivia: Decreto Supremo Nº 22738, 1 de marzo de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Convenio sobre el Estado de Ejecución de los Compromisos del Programa de la Presidencia de la República para la ciudad de El Alto, firmado el 8 de septiembre de 1990, entre el Supremo Gobierno representado por el Ministro de la Presidencia por una parte y por la otra la Honorable Alcaldía Municipal de El Alto, la Federación de Juntas Vecinales, la Federación de Gremiales, la Confederación Nacional de Juntas Vecinales y la Central Obrera Regional de El Alto, compromete al Supremo Gobierno a otorgar solución a los problemas que confronta la ciudad de El Alto.
  • Que el mencionado Convenio establece en el Numeral 1 inciso b) que, en caso de que la Honorable Alcaldía Municipal de El Alto capte un crédito externo con aval propio, el Ministerio de Finanzas autorizará dicha operación y facilitará la liberación del pago de los gravámenes aduaneros correspondientes a las importaciones que se efectúen con cargo a dicho crédito;
  • Que, es necesaria la dotación del equipamiento mínimo indispensable, para el normal funcionamiento y atención de los requerimientos básicos de la ciudad de El Alto;
  • Que la Honorable Alcaldía Municipal de El Alto, es la encargada de velar por el bienestar de la población alteña;
  • Que compete al Ministerio de Finanzas, en su ámbito de funciones y dentro el espíritu del Art.127 inc . b) del Decreto Supremo Nº 21660 de 10 de julio de 1987, la exención del gravámen aduanero consolidado, justificándose conceder al tratamiento aduanero de exención previsto por ley a la adquisición de la maquinaria y equipo requerido por la Honorable Alcaldía Municipal de El Alto;

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza, por esta única vez, la adquisición directa por parte de la Honorable Alcaldía Municipal de El Alto, de maquinaria y equipo, con cargo a la línea de crédito otorgada por TOYOTA TSUSHO CORPORATION, en favor de CROWN LTDA., por un monto de hasta $us.1.850.000.- (UN MILLON novecientos CINCUENTA mil 00/100 DOLARES AMERICANOS), con aval propio de la Honorable Alcaldía Municipal de la ciudad de El Alto.

Artículo 2°.- Se autoriza al Ministerio de Finanzas conceder la exención del gravámen aduanero consolidado (GAC), con excepción del pago de los impuestos de Ley sobre importaciones, para la operación mencionada en el artículo precedente.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de marzo de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Oscar Daza Márquez Min. Industria, Comercio y Turismo a. i., Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22738, 1 de marzo de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza, por esta única vez, la adquisición directa por parte de la Honorable Alcaldía Municipal de El Alto, de maquinaria y equipo, con cargo a la línea de crédito otorgada por TOYOTA TSUSHO CORPORATION, en favor de CROWN LTDA., por un monto de hasta $us. 1.850.000.- (UN MILLON OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS), con aval propio de la Honorable Alcaldía Municipal de la ciudad de El Alto
KeywordsGaceta 1682, 1991-03-14, Decreto Supremo, marzo/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8878
Referencias1991.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Oscar Daza Márquez Min. Industria, Comercio y Turismo a. i., Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-21660] Bolivia: Decreto Supremo Nº 21660, 10 de julio de 1987
Para su inversión en los fines de la reactivación económica del pais durante el trienio 1987-1989, se asigna la suma global de un mil quinientos ochenta y tres millones de dólares de los Estados Unidos de América, constituida por los recursos externos contratados y disponibles que figuran en la relación anexa a este1 Decreto y el aporte local correspondiente, provenientes de:

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