CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Autorízase, sin perjuicio de la correspondiente aprobación legislativa, el siguiente presupuesto adicional en favor del Ministerio de Minería y Metalurgia, por la suma de SESENTA Y UN mil CUATROCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS (Bs61.400.-), fundado en la percepción de ingresos superiores a los previstos por la Ley Nº 1141 de 23 de febrero de 1990 y financiados por recaudaciones especiales:
ORGANISMO : MINISTERIO DE MINERIA
Y METALURGIA
RECURSOS : TESORO NACIONAL
(RECAUDACIONES ESPECIALES)
INGRESOS
(en bolivianos)
Financiamiento por origen de los recursos:
______________________________________________________________
Código FuentePresupuesto
adicional
1990
______________________________________________________________
1100000 INGRESOS CORRIENTES 61.400
1120000 Venta de bienes y servicios de la
administración pública 61.400
1122000 Venta de servicios 57.800
1122030 Venta de formularios 3.600
Total: 61.400
= = = =
EGRESOS
ORGANISMO : MINISTERIO DE MINERIA
Y METALURGIA
GASTOS : CORRIENTES
PROGRAMA 10 : POLITICA GENERAL PARA LA MINERIA
Y METALURGIA
ACTIVIDAD 01 : DIRECCION SUPERIOR Y
ADMINISTRACION
RECURSOS: TESORO NACIONAL
(RECAUDACIONES ESPECIALES)
GESTION: 1990
(en bolivianos)
Clasificación por objeto del gasto:
_________________________________________________________________
Código DescripciónPresupuesto
adicional
1990
_________________________________________________________________
200 SERVICIOS NO PERSONALES 48.880
210 Servicios básicos 2.500
213 Servicios telefónicos 2.500
220 Servicios de transporte y seguros 31.680
222 Viáticos 31.680
230 Alquileres 2.100
232 Equipo y maquinarias 2.100
240 Mantenimiento y reparaciones 1.000
241 Edificios y equipos 1.000
250 Servicios profesionales y comerciales 7.600
254 Lavandería, limpieza e higiene 600
255 Publicidad 5.000
256 Imprenta 2.000
260 Otros servicios no personales 4.000
261 Impuestos indirectos, tasas y derechos
obligatorios 1.000
266 Otros servicios no personales 3.000
300 MATERIALES Y SUMINISTROS 12.520
310 Alimentos y productos agroforestales 1.000
311 Alimentos para humanos 1.000
340 Productos de papel, cartón e impresos 4.000
341 Papel de escritorio 3.000
346 Periódicos 1.000
360 Productos químicos, combustibles y
lubricantes 1.500
362 Combustibles y lubricantes 1.500
370 Productos de minerales no metálicos
y plásticos 1.000
377 Productos de material plástico 1.000
380 Productos metálicos 1.020
383 Herramientas menores 1.020
390 Productos varios 4.000
391 Material de limpieza 1.000
395 Utiles de escritorio, oficina y enseñanza 3.000
= = = =
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22690, 28 de diciembre de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorizase, sin perjuicio de la correspondiente aprobación legislativa, el siguiente presupuesto adicional en favor del Ministerio de Minería y Metalurgia, por la suma de SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS | ||||
Keywords | Gaceta 1675, 1990-12-29, Decreto Supremo, diciembre/1990 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8799 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Jorge Soruco Villanueva Min. Relaciones Exteriores y Culto a. i., Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Marcelo Zalles Barriga Min. Planeamiento y Coordinación a. i., David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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