Bolivia: Decreto Supremo Nº 22676, 13 de diciembre de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que es objetivo fundamental del Gobierno de Unidad Nacional, lograr la reactivación económica del país, así como la atención de los sectores sociales mediante el financiamiento de proyectos prioritarios en las áreas de infraestructura y transporte, telecomunicaciones, salud y saneamiento básico.
  • Que dentro del espíritu de amistad y cooperación que caracteriza las relaciones entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Bolivia, con fecha 24 de abril de 1990 ambos gobiernos suscribieron un programa global de cooperación, en el que se otorga a la República de Bolivia créditos concesionales por un importe de hasta $us.100.000.000.- con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
  • Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo Convenio General de Crédito, a objeto de concretar el financiamiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza al Presidente del Banco Central de Bolivia o indistintamente al Embajador de Bolivia en España, suscribir en nombre de la República de Bolivia el correspondiente Convenio General de Crédito con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) de España, hasta un monto de CIEN MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us.100.000.000.-), destinados a financiar el “Programa Global de Cooperación”.

Artículo 2°.- Se designa al Banco Central de Bolivia como Agente Financiero de la República de Bolivia, con el fin de facilitar la ejecución de futuros convenios que instrumenten los créditos otorgados por el Gobierno del Reino de España al Gobierno de la República de Bolivia, con cargo al Programa Global de Cooperación.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Planeamiento y Coordinación, Finanzas e Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Marcelo Zalles Barriga Min. Planeamiento y Coordinación a. i., David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22676, 13 de diciembre de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Presidente del Banco Central de Bolivia o indistintamente al Embajador de Bolivia en España, suscribir en nombre de la República de Bolivia el correspondiente Convenio General de Crédito con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) de España, hasta un monto de CIEN MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS
KeywordsGaceta 1675, 1990-12-29, Decreto Supremo, diciembre/1990
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8785
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Marcelo Zalles Barriga Min. Planeamiento y Coordinación a. i., David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti.
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Referencias a esta norma

[BO-DS-26848] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26848, 20 de noviembre de 2002
Disponer la subrogación por parte del Tesoro General de la Nación, de la deuda pública externa de ENTB.

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