CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza al Ministerio de Finanzas asignar los recursos económicos para la ejecución de la infraestructura deportiva necesaria para la realización de los XII Juegos Deportivos Bolivarianos, en las ciudades de Cochabamba y Santa Cruz de la Sierra, hasta la suma de CATORCE MILLONES 00/100 BOLIVIANOS (Bs14.000.000.-), distribuídos en la siguiente forma:
- siete MILLONES 00/100 BOLIVIANOS (Bs7.000.000.-), para la ciudad de Cochabamba.
- siete MILLONES 00/100 BOLIVIANOS (Bs7.000.000.-), para la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
Artículo 2°.- Los recursos económicos señalados en el artículo primero serán desembolsados por el Tesoro General de la Nación durante las gestiones 1990 y1991.
Artículo 3°.- Para la ejecución del Plan de Infraestructura Deportiva, se conforma la Comisión Nacional de Infraestructura Deportiva integrada por las siguientes personas:
PRESIDENTE | DR. MARIO PAZ ZAMORA |
Ministro de Previsión Social y Salud Pública | Dr. Alfonso Arévalo Aranibar |
Secretario General del Deporte y la Juventud | Prof. Lucio Claros Quiroga |
Director Nacional del Deporte | Sr. Jorge España Ortiz |
Secretario General del Comité Olímpico Boliviano | Ing. Edgar Claure Mayorga |
Vocal del Comité Olímpico Boliviano | Arq. Jaime Maceda Pacheco |
Director Ejecutivo del Comité de Obras Deportivas de Cochabamba | Lic. Fernando Menacho Ortiz |
Director Ejecutivo del Comité de Obras Deportivas de Santa Cruz |
Artículo 4°.- Las Corporaciones Regionales de Desarrollo de Cochabamba y Santa Cruz contribuirán con el financiamiento indispensable para la ejecución de obras en sus regiones.
Artículo 5°.- Los Institutos Departamentales de Deportes y los Comités de Obras Deportivas en las sedes, contribuirán con su estructura deportiva y priorizarán sus actuales recursos en función de las necesidades de los XII Juegos Deportivos Bolivarianos.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22656, 22 de noviembre de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al Ministerio de Finanzas asignar los recursos económicos para la ejecución de la infraestructura deportiva necesaria para la realización de los. XII Juegos Deportivos Bolivarianos, en las ciudades de Cochabamba y Santa Cruz de la Sierra, hasta la suma de CATORCE MILLONES 00/100 BOLIVIANOS | ||||
Keywords | Gaceta 1673, 1990-12-10, Decreto Supremo, noviembre/1990 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8755 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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