Bolivia: Decreto Supremo Nº 22632, 31 de octubre de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Presupuesto Consolidado del sector público, gestión 1990, fue aprobado por la Ley Nº 1141 de 23 de febrero de 1990, para su vigencia durante el presente ejercicio fiscal;
  • Que la Dirección General de Aduanas, dependiente del Ministerio de Finanzas, ha solicitado la aprobación de un presupuesto adicional, con recursos provenientes de sus propias recaudaciones especiales y que serán destinados al Servicio Nacional de Aduanas que organizará internamente cuatro grupos de técnicos de control de represión permanentes de lucha contra el contrabando y la defraudación;
  • Que el Art.96 atribución 7 de la Constitución Política del Estado, faculta al Presidente de la República proponer modificaciones que estime necesarias durante la vigencia del presupuesto aprobado, en concordancia con el artículo 11, numeral 2 del Decreto Supremo Nº 22572 de 13 de agosto de 1990 y 4° de la Ley Nº 1141 de 23 de febrero de 1990.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza sin perjuicio de la aprobación legislativa un presupuesto adicional en favor de la Dirección General de Aduanas, en base a la percepción de ingresos superiores previstos por Ley Nº 1141 de 23 de febrero de 1990, por la suma de un Millón Cuatrocientos Cuarenta y Seis mil Trecientos Bolivianos (Bs 1.446.300), financiados por recaudaciones especiales y de acuerdo al siguiente detalle:
ORGANISMO : MINISTERIO DE FINANZAS RECAUDACIONES ESPECIALES

Ingresos
(en bolivianos)


Financiamiento por Origen de los Recursos

CódigoFuentePresupuesto adicional 1990
1RECURSOS1.446.300
1.1.Ingresos Corrientes1.446.300
1.1.5.Otros ingresos no tributarios propios1.446.300
1.1.1.5.Multas1.446.300
Total1.446.300

ORGANISMO : MINISTERIO DE FINANZAS
GASTOS : CORRIENTES
PROGRAMA 13 : ADMINISTRACION DEL SISTEMA TRIBUTARIO
SUBPROGRAMA 02 : SERVICIOS DE RECAUDACION ADUANERA
ACTIVIDAD 03 : INSPECCION
RECURSOS : TESORO NACIONAL
(RECAUDACIONES ESPECIALES)
GESTION : 1990 (en bolivianos)

Egresos


Clasificación por Objeto del Gasto

CódigoDescripciónPresupuesto Adicional 1190
200SERVICIOS NO PERSONALES456.600
220Servicios de transporte y seguros210.400
222Viáticos200.400
223Fletes y almacenamiento10.000
240Mantenimiento y reparaciones1.000
241Edificios y equipos1.000
250Servicios Profesionales y Comerciales145.200
252Estudios, investigación y proyectos45.200
255Publicidad100.000
260Otros Servicios No Personales100.000
266Otros Servicios No Personales100.000
300MATERIALES Y SUMINISTROS122.900
360Productos Químicos, combustibles y
Lubricantes80.600
362Combustibles y lubricantes16.000
367Otros materiales químicos64.600
380Productos metálicos10.000
383Herramientas menores10.000
390Productos Varios32.300
396Otros Materiales y Suministros32.300
400ACTIVOS REALES866.800
420Construcciones250.000
422Construcciones de bienes nacionales
de dominio privado250.000
430Maquinaria y Equipo616.800
431Equipo de oficina y muebles16.200
433Equipo de transporte, tracción y
elevación426.400
434Equipo médico y de laboratorio96.600
435Equipo de comunicaciones77.600
Total:1.446.300


El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los treinta y uno días del mes de octubre de mil novecientos noventa años
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22632, 31 de octubre de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza sin perjuicio de la aprobación legislativa un presupuesto adicional en favor de la Dirección General de Aduanas, en base a la percepción de ingresos superiores previstos por ley 1141 de 23 de febrero de 1990, por la suma de un Millón Cuatrocientos Cuarenta y Seis Mil Trecientos Bolivianos (Bs.1.446.300), financiados por recaudaciones especiales y de acuerdo al siguiente detalle:
KeywordsGaceta 1670, 1990-11-16, Decreto Supremo, octubre/1990
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9587
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967
[BO-L-1141] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 1990, 23 de febrero de 1990
Presupuesto general de la nación. Gestión 1990. Apruébase el de la gestión fiscal de 1990
[BO-DS-22572] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22572, 13 de agosto de 1990
Se aprueba el adjunto Reglamento de Ejecución Presupuestaria en sus cuarentaiseis artículos y ocho capítulos, cuyo texto es parte del presente decreto supremo, debiendo entrar en vigencia a partir de la fecha de su publicación.

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