CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Complementándose el artículo 16 del estatuto orgánico del Ministerio de Asuntos Campesinos Agropecuarios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 22232 de 23 de junio de 1989, se incorpora al Director General del Instituto Boliviano de Tecnología Agropecuaria, como miembro, al Consejo Nacional de Desarrollo Agropecuario.
Artículo 2°.- Créase el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSION AGROPECUARIAS, CNIEA, como un órgano consultivo y asesor, con jurisdicción nacional y los siguientes objetivos, estrategias y funciones:
Artículo 3°.- El Consejo Nacional de Investigación y Extensión Agropecuarias tiene la siguiente composición y organización:
Composición
Artículo 4°.- El Consejo Nacional de Investigación y Extensión Agropecuarias tiene las siguientes atribuciones y responsabilidades:
Artículo 5°.- El presupuesto del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios debe incluir una partida específica para el Consejo Nacional de Investigación y Extensión Agropecuarias, conformada por los aportes del presupuesto ordinario del Tesoro General de la Nación, donaciones de terceros y financiamiento de organismos internacionales destinados al fortalecimiento y operación del CNIEA.
Artículo 6°.- Las funciones administrativas del Consejo Nacional de Investigación y Extensión Agropecuarias son cumplidas por la Dirección Nacional de Investigación y Extensión y 1a Dirección General Administrativa del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22599, 20 de septiembre de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Complementándose el artículo 16 del estatuto orgánico del Ministerio de Asuntos Campesinos Agropecuarios, aprobado por el decreto supremo 22232 de 23 de junio de 1,989, se incorpora al Director General del Instituto Boliviano de Tecnología Agropecuaria, como miembro, al Consejo Nacional de Desarrollo Agropecuario. | ||||
Keywords | Gaceta 1663, 1990-10-01, Decreto Supremo, septiembre/1990 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9542 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Javier Murillo de la Rocha Min. RR.EE y Culto a. i., Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Juan Carlos Rivero Min. Planeamiento y Coordinación a. i., Helga Salinas C. Min. Finanzas a. i., Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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