Bolivia: Decreto Supremo Nº 22574, 13 de agosto de 1990
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
- Que la Ley Nº 1141 de 23 de febrero de 1990 aprobó el presupuesto consolidado del sector público, para su vigencia durante el presente período fiscal;
- Que la Junta Nacional de Solidaridad y Desarrollo Social solicita un traspaso intrainstitucional de recursos que necesita a objeto de reforzar su partida 120 "Empleados no permanentes", para la contratación de personal profesional y técnico calificado encargado de la atención integral del menor, el anciano, la mujer y la familia, permitiéndole además atender obligaciones pendientes de gestiones pasadas;
- Que existe la suficiente apropiación presupuestaria que posibilita autorizar esa transferencia de fondos, de conformidad con el Artículo 1°b del Decreto Supremo Nº 21364 de 13 de agosto de 1986, ampliado en su vigencia por Decreto Supremo Nº 21781 de 3 de diciembre de 1987.
EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA:
Artículo Único.- Se autoriza a la Junta Nacional de Solidaridad y Desarrollo Social, por esta vez, efectuar en su presupuesto de gastos corrientes, gestión 1990, el siguiente traspaso intrainstitucional de recursos, por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL 00/100 BOLIVIANOS (BS 474.000.-), financiado por el Tesoro General de la Nación:
ORGANISMO : | JUNTA NACIONAL DE SOLIDARIDAD Y DESARROLLO SOCIAL |
GASTOS : | CORRIENTES |
RECURSOS : | TESORO NACIONAL |
GESTION : | 1990 (en bolivianos) |
De:
PROGRAMA 00 : | TOTAL DE ACTIVIDADES CENTRALES |
ACTIVIDAD 01 : | DIRECCION SUPERIOR |
400 | ACTIVOS REALES | 354.000 |
420 | Construcciones | 204.000 |
421 | Construcción de viviendas | 204.000 |
430 | Maquinaria y equipo | 150.000 |
434 | Equipo médico y de laboratorio | 100.000 |
436 | Equipo educacional y recreativo | 50.000 |
| Total | 354.000 |
PROGRAMA 00 : | TOTAL DE ACTIVIDADES CENTRALES |
ACTIVIDAD 01 : | DIRECCION SUPERIOR |
A:
100 | SERVICIOS PERSONALES | 354.000 |
120 | Empleados no permanentes | 300.000 |
130 | Previsión Social | 54.000 |
131 | Aporte patronal al seguro social | 48.000 |
132 | Aporte patronal para vivienda | 6.000 |
| Total | 354.000 |
De:
PROGRAMA 11 : | PROMOCION Y DESARROLLO SOCIAL |
ACTIVIDAD 03 : | ATENCION A LA MUJER Y FAMILIA |
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 120.000 |
310 | Empleados permanentes | 120.000 |
311 | Alimentos para humanos | 120.000 |
| Total | 120.000 |
A:
PROGRAMA 11 : | PROMOCION Y DESARROLLO SOCIAL |
ACTIVIDAD 03 : | ATENCION A LA MUJER Y FAMILIA |
600 | SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA Y DISMINUCION DE OTROS PASIVOS | 120.000 |
650 | Gastos devengados no pagados | 120.000 |
| Total | 120.000 |
Los Señores Ministros de Estado en los despachos de la Presidencia de la República y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de agosto de mil novecientos noventa años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Javier Murillo de la Rocha Min. RR.EE. y Culto a.i., Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Carlos A. Zamora Min. Minería y Metalurgia a.i., Mauro Bertero Gutiérrez, Fernando Rodríguez Cornejo Min. Energía e Hidrocarburos a.i., Elena Velasco de Urresti.