Bolivia: Decreto Supremo Nº 22554, 25 de julio de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Decreto Supremo Nº 20483 de 16 de septiembre de 1984 creó el Consejo Nacional de Población como organismo central y director, encargado de promover, coordinar, normar e integrar las acciones relacionadas con los movimientos, características, volúmenes demográficos y otros afines a la población, bajo la tuición del Ministerio de Planeamiento y Coordinación;
  • Que el Consejo Nacional de Población nunca inicio funciones;
  • Que se creó posteriormente el Consejo Nacional de Política Social, CONAPSO, que está en plena actividad;
  • Que las tareas para las cuales el Consejo Nacional de Población fue creado están incluidas en las competencias y responsabilidad del Consejo Nacional de Política.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Población, CONAPO, pasa a depender del Ministerio de Planeamiento y Coordinación mediante la Subsecretaría de Política Social, organismo que cumple las funciones de Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Social, CONAPSO.

Artículo 2°.- Se deroga el Decreto Supremo Nº 20483 de 16 de septiembre de 1984.


Los Señores Ministros de Estado en los despachos de Planeamiento y Coordinación, Trabajo y Desarrollo Laboral, Previsión Social y Salud Pública, Educación y Cultura, Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Asuntos Urbanos, Finanzas y Director Ejecutivo del Fondo de Inversión Social quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de julio de mil novecientos noventa años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22554, 25 de julio de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLa Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Población, CONAPO, pasa a depender del Ministerio de Planeamiento y Coordinación mediante la Subsecretaría de Política Social, organismo que cumple las funciones de Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Social, CONAPSO.
KeywordsGaceta 1655, 1990-08-14, Decreto Supremo, julio/1990
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9491
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Referencias a esta norma

[BO-DS-26700] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26700, 10 de julio de 2002
Se crea el Consejo de Población para el Desarrollo Sostenible.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.