CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Créase el “Comité Boliviano para el Decenio Internacional de la Reducción de los desastres naturales”.
Artículo 2°.- El Comité Boliviano para la Reducción de los Desastres Naturales, estará integrada por expertos de los diferentes organismos e instituciones científicas, técnicas, académicas y otras organizaciones no gubernamentales competentes. Las instituciones competentes son: Ministerio de Defensa Nacional a través de la Dirección Nacional de Defensa Civil, Observatorio San Calixto, Servicio Geológico de Bolivia, Universidad Mayor de San Andrés, Servicio Nacional de Hidrografía Naval, Servicio Nacional de Metereología e Hidrología, Instituto Geográfico Militar, Instituto Panamericano de Geografía e Historia, Instituto Nacional de Arqueología, Instituto Boliviano de Tecnología Apropiada, Escuela Militar de Ingeniería, Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, Ministerio de Asuntos Urbanos, Corporaciones de Desarrollo, H. Alcaldías y otros que podrán ser incorporados a requerimiento del comité.
Artículo 3°.- Las principales funciones del Comité para la Reducción de los Desastres Naturales son: conocer, integrar y coordinar las acciones que desempeñan las diferentes instituciones en la predicción, prevención, evaluación y atención de los desastres naturales y sus efectos, como parte integrante del Sistema Nacional de Defensa Civil.
Artículo 4°.- Son objetivos del Comité:
Artículo 5°.- El Comité requerirá a las diferentes instituciones involucradas, su plan de trabajo con indicación de obligaciones que se originan para cada una de ellas, así como el plazo para su cumplimiento.
Artículo 6°.- El Comité prestará informes de sus actividades al señor Ministro de Defensa Nacional en calidad de Presidente del Comité Nacional de Defensa Civil.
Artículo 7°.- Una vez concluído el Decenio para la Reducción de los Desastres Naturales, el Comité Nacional seguirá funcionando con sus atribuciones y obligaciones como Comité Técnico Científico de Defensa Civil.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22436, 17 de febrero de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Créase el "Comité Boliviano para el Decenio Internacional de la Reducción de los desastres naturales". | ||||
Keywords | Gaceta 1639, 1990-03-19, Decreto Supremo, febrero/1990 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8622 | ||||
Referencias | 1990.lexml | ||||
Creador | Fdo. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Jorge Soruco V. Min. Relaciones Exteriores y Culto . a. i., Guillermo Capobianco Ribera, Mario Catacora Landivar Min. Presidencia de la República a. i., Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodríguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Guillermo Cuentas Y. Min. Prevision Social y S. P. a. i., Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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