CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se autoriza por esta única vez la importación de veintiún mil (21.000) toneladas métricas de trigo a granel de procedencia argentina y paraguaya, libre del gravamen aduanero consolidado, GAC, con pago del IVA sobre importaciones, a ser efectuada por el Ministerio de Industria Comercio y Turismo y/o las empresas molineras participantes en la operación mediante la Asociación de Industriales Molineros de Bolivia, con destino a cubrir necesidades del departamento de Santa Cruz,
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22403, 10 de enero de 1990 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza por esta única vez la importación de veintiún mil (21.000) toneladas métricas de trigo a granel de procedencia argentina y paraguaya, libre del gravamen aduanero consolidado, GAC, con pago del IVA sobre importaciones, a ser efectuada por el Ministerio de Industria Comercio y Turismo | ||||
Keywords | Gaceta 1632, 1990-01-12, Decreto Supremo, enero/1990 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/8565 | ||||
Referencias | 1990.lexml | ||||
Creador | Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Gustavo Fernández Saavedra, Héctor Ormachea Peñaranda, David Blanco Zabala, Enrique García Rodriguez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Walter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Manfredo Kempff Suárez, Luís Gonzáles Quintanilla, Guillermo Fortún Suárez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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