Bolivia: Decreto Supremo Nº 22116, 26 de enero de 1989

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que Ursic Motors Ltda. aduciendo la imposibilidad de su proveedor extranjero para mantener los precios ofrecidos dado el tiempo transcurrido desde la presentación de su oferta hasta la aprobación de la adjudicación, ha desistido definitivamente mediante nota 410/88 de 2 de diciembre de 1988 de la provisión de 27 motoniveladoras para el Servicio Nacional de Caminos, cuya Junta de Adquisiciones el adjudicó como item 2 de la licitación 4/87, merituando inclusive el decreto supremo aprobatorio Nº 21971 de 15 de julio de 1988;
  • Que la Junta de Licitaciones del Servicio Nacional de Caminos, a fin de evitar mayores perjuicios al Estado, opto por consultar a Machinery & Auto Service, MAS, con propuesta calificada en segundo lugar después de la de Ursic, si mantenia su oferta y precios, obteniendo respuesta afirmativa, que mereció el reprocesamiento pertinente;
  • Que la Junta resolvió por unanimidad en esa fase, en reunión de 19 de diciembre de 1988, aprobar el informe previo de su comisión calificadora y adjudicar en favor de Machinery & Auto Service la provisión de las mencionadas motoniveladoras, por el monto total de US$.1.551.819.95 CIF aduana La Paz, incluyendo repuestos, propuesta calificada como favorable al Estado, a fin que los distritos del sur del país, destinatarios del equipo, puedan ejecutar la rehabilitación impostergable de su red vial;
  • Que corresponde consiguientemente anular la adjudicación desistida por Ursic Motors Ltda., y aprobar la acordada substitutivamente en favor dé Machiñery & Auto Service, para su plena validez legal conforme al articulo 22-b-3 del Decreto Supremo Nº 21364. de 13 de agosto de 1986, ampliado en su vigencia por decreto Nº 21781 de 3 de diciembre de 1987, en cuyo contexto se procesó la licitación.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se anula, por desistimiento de la empresa beneficiaria, la adjudicación de la provisión de 27 motoniveladoras, item 2 de la licitación 4/87 del Servicio Nacional de Caminos, efectuada por su Junta de Adquisiciones en favor de URSIC MOTORS LTDA. y aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 21971 de 15 de julio de 1988, que queda modificado solamente en este punto.

Artículo 2°.- Se aprueba en substitución la adjudicación de la provisión del mencionado equipo, item 2 de la licitación 4/87 del Servicio Nacional de Caminos, acordada por su Junta de Licitaciones en favor de MACHINERY & AUTO SERVICE, MAS, por el precio y detalle siguientes:
ITEM 2 Veintisiete (27) unidades motoniveladoras marca Huberwarco B Dresser, modelo HWB 140, procedencia brasileña, por el precio de US$.1.415.248.47 CIF aduana La Paz, más 9.65% en repuestos, o sea en total CIF Aduana La Paz US$.1.551.819.95.

Artículo 3°.- La adjudicación será pagada con fondos del préstamo de 31 de julio de 1986 de la Corporación Andina de Fomento, resolución 620, para el proyecto de rehabilitación de la red vial del sur del país.

Artículo 4°.- Se autoriza al Director Ejecutivo del Servicio Nacional de Caminos suscribir el correspondiente contrato con el representante legal de la empresa adjudicataria, bajo las garantías y cláusulas de ley, con intervención del Fiscal de Gobierno y refrenda del Contralor General de la República.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Transportes y Comunicaciones y Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de enero de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Duran Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic R, Luis Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda Joaquin Arce Lema, Lorgio Ruiz Gallardo Min. Mineria Y Metalurgia a. i., José G. Justiniano, Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vasquez, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22116, 26 de enero de 1989
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe anula, por desistimiento de la empresa beneficiarla, la adjudicación de la provisión de 27 motoniveladoras, ítem 2 de la licitación 4/87 del Servicio Nacional de Caminos, efectuada por su Junta de Adquisiciones en favor de URSIC MOTORS LTDA. y aprobada mediante el decreto supremo 21971 de 15 de julio de 1988, que queda modificado solamente en este punto.
KeywordsGaceta 1580, 1989-01-30, Decreto Supremo, enero/1989
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17119
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1580 - Publicado el: 1989-01-30, 1989.lexml
CreadorFdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Duran Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic R, Luis Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda Joaquin Arce Lema, Lorgio Ruiz Gallardo Min. Mineria Y Metalurgia a. i., José G. Justiniano, Fernando Illanes de la Riva, Franklin Anaya Vasquez, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.
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Véase también

[BO-DS-21364] Bolivia: Reglamento de la Ley Financial, DS Nº 21364, 20 de agosto de 1986
Reglamento de la Ley Financial
[BO-DS-21781] Bolivia: Decreto Supremo Nº 21781, 3 de diciembre de 1987
Se amplia la vigencia del decreto supremo 21364 de, 13 de agosto do 1986 por la presente gestión fiscal y hasta que se promulgue una nueva disposición legal substitutiva sobre administración financiera.

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