CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se aprueba la adjudicación efectuada por la Junta de Adquisiciones de la Fábrica Nacional de Cemento S. A. de la ciudad de Sucre, a favor de las siguientes firmas:
EQUIMAT LTDA. | ||
Un omnibus de 29 asientos, marca Fiat- Argentina | $us. | 47.481.55 |
Dos omnibuses de 45 asientos, marca Fiat-Argentina, c/u.$us.50.790.75 | “ | 101.581.50 |
TOTAL PUESTO ADUANA SUCRE | $us | 149.063.05 |
NISSAN (BOLIVIA) S. A. | ||
Dos vagonetas Station Wagon-Japón, c/u. $us.17.380.oo | $us. | 34.760.oo |
Dos jeeps Nissan Patrol-Japón c/u.$us. 16.230.oo | “ | 32.460.oo |
Dos camionetas pick-up (4WD)-Japón c/u. $us.17.160.oo | “ | 34.320.oo |
Dos camionetas pick-up (sencillas)-Japón c/u.$us.13.825.oo | “ | 27.650.oo |
TOTAL PUESTO ADUANA SUCRE | $us. | 129.190.oo |
Artículo 2°.- Autorízase a la Fábrica Nacional de Cemento S. A. de la ciudad de Sucre, suscribir los respectivos contratos con los personeros legales de las firmas adjudicatarias, bajo las cláusulas y garantías de ley, con intervención del Fiscal de Gobierno y refrenda del Contralor General de la República.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 22108, 29 de diciembre de 1988 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | SE APRUEBA LA ADJUDICACIÓN EFECTUADA POR LA JUNTA DE ADQUISICIONES DE LA FABRICA NACIONAL DE CEMENTO S.A. | ||||
Keywords | Gaceta 1578, 1989-01-06, Decreto Supremo, diciembre/1988 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17112 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1578 - Publicado el: 1989-01-06, 1989.lexml | ||||
Creador | Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Jorge Gumucio G. Min. RR. EE. y Culto a. i., Fernando Romero M., Orlando Cosio Min. Educación a. i., Luis A. Peña Rueda, Alfonso Kreidler G. Min. MACA. a. i., Wálter H. Zuleta R., Jaime Zegada H., Juan Carlos Durán S., Alfonso Revollo T., Ramiro Cabezas M., Andrés Petricevíc R., Luis F. Palenque C., Joaquin Arce L., Fernando Illanes de la R., Franklin Anaya V., Herman Antelo L., Jaime Villalobos S. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.