Bolivia: Decreto Presidencial Nº 29015, 23 de enero de 2007

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que de conformidad a lo establecido por el Artículo 99 de la Constitución Política del estado, es atribución privativa del Presidente de la República designar Ministros de Estado mediante Decreto Presidencial.
  • Que la Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006 - Ley de Organización del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006 - Reglamento a la Organización del Poder Ejecutivo, establecen el número y atribuciones de los Ministros de Estado, así como la estructura orgánica y funcional del Poder Ejecutivo.
  • Que la organización del Poder Ejecutivo constituye un proceso dinámico, de ajustes y adecuaciones que se generan a partir de las políticas a implementarse por parte del Gobierno Nacional; motivo por el cual, se hace necesario dictar el presente Decreto Presidencial.

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se designa a los siguientes ciudadanos como Ministros de Estado:
    MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTOSDavid Choquehuanca Céspedes
    MINISTRO DE LA PRESIDENCIAJuan Ramón Quintana Taborga
    MINISTRO DE GOBIERNOAlfredo Octavio Rada Vélez
    MINISTRO DE DEFENSA NACIONALWalker San Miguel Rodríguez
    MINISTRA DE JUSTICIACelima Torrico Rojas
    MINISTRO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLOGabriel Loza Tellería
    MINISTRO DE HACIENDALuís Alberto Arce Catacora
    MINISTRO DEL AGUAAbel Mamani Marca
    MINISTRA DE PRODUCCION Y MICROEMPRESACelinda Sosa Lunda
    MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDAJerges Mercado Suárez
    MINISTRA DE DESARROLLO RURAL, AGROPECUARIO Y MEDIO AMBIENTESusana Rivero Guzmán
    MINISTRO DE HIDROCARBUROS Y ENERGIACarlos Villegas Quiroga
    MINISTRO DE MINERIA Y METALURGIAJosé Guillermo Dalence Salinas
    MINISTRO DE TRABAJOWalter Juvenal Delgadillo Terceros
    MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURASVíctor Cáceres Rodríguez
    MINISTRA DE SALUD Y DEPORTESNila Heredia Miranda
  2. Los Ministros de Estado designados tomarán posesión de sus cargos en el día y en acto especial a celebrarse en Palacio de Gobierno.


Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil siete.
Fdo. EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 29015, 23 de enero de 2007
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesignación de Ministros de Estado.
KeywordsGaceta 2966, 2007-01-26, Decreto Presidencial, enero/2007
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26521
Referencias2007.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004
[BO-L-3351] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), 10 de febrero de 2006
Ley de Organización del Poder Ejecutivo. Publicada en Gaceta N° 2863
[BO-DS-28631] Bolivia: Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, DS Nº 28631, 8 de marzo de 2006
reglamentar la Ley Nº 3351, de 21 febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, en el marco de la política definida por el Gobierno Nacional

Referencias a esta norma

[BO-DP-29351] Bolivia: Decreto Presidencial Nº 29351, 27 de noviembre de 2007
Dispone la remoción del ciudadano Abel Mamani Marca como MINISTRO DEL AGUA y se deroga parcialmente el Parágrafo I (Ministro del Agua) del Artículo Único del Decreto Presidencial N° 29015 de 23 de enero de 2007.

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