CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto complementar el Decreto Supremo Nº 27585 de fecha 21 de junio de 2004, conformando el Comité de Coordinación, Seguimiento y Fiscalización - CCSF, del Proyecto de Protección Ambiental y Social del Corredor Vial Santa Cruz - Puerto Suárez, como foro de carácter consultivo, de debates y negociaciones, para las decisiones relacionadas a los impactos socio ambientales de las obras de construcción de la carretera y el desarrollo regional inducido por ella.
Artículo 2°.- (De la composicion del Comite) El Comité de Coordinación, Seguimiento y Fiscalización, estará presidido por el Prefecto del Departamento de Santa Cruz, e integrado por representantes de las siguientes entidades: Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, Viceministerio de Planificación Territorial y Medio Ambiente, Viceministerio de Biodiversidad, Recursos Forestales y Medio Ambiente, Viceministerio de Transporte, Viceministerio de Tierras, Servicio Nacional de Areas Protegidas, Superintendencia Forestal, Instituto Nacional de Reforma Agraria, Servicio Nacional de Caminos.
Artículo 3°.- (Del objetivo del Comite) El Comité de Coordinación, Seguimiento y Fiscalización, tiene como objetivo la coordinación, seguimiento y fiscalización en la facilitación de las acciones de los organismos gubernamentales, involucrados en la ejecución del Proyecto.
Artículo 4°.- (De las funciones del Comite) El Comité de Coordinación, Seguimiento y Fiscalización, tendrá las siguientes funciones: a) Conocer el avance del Proyecto, b) Conocer y analizar los problemas que se identifiquen en el desarrollo de las actividades del Proyecto y proponer acciones para resolverlos, c) Gestionar ante las autoridades competentes, particularmente ante las entidades que representan, las acciones necesarias que contribuyan a la eficaz ejecución del Proyecto, d) Fiscalizar las actividades del Proyecto y e) Otras que contribuyan al logro de sus objetivos.
Artículo 5°.- (De las reuniones y la sede del Comite) El Comité de Coordinación, Seguimiento y Fiscalización se reunirá una vez al año a convocatoria del Prefecto del Departamento de Santa Cruz y en forma extraordinaria a petición de uno o más representantes que lo integran. Las reuniones se llevarán a cabo en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, sede del Proyecto y de las oficinas de Unidad Ejecutora del Proyecto.
Artículo 6°.- (De los gastos de movilizacion de los miembros del Comite) Los gastos de movilización de los miembros del Comité, que no tengan sede en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, correrán con cargo a las Instituciones a las cuales representan, debiendo la Máxima Autoridad Ejecutiva acreditar su representante.
Artículo 7°.- (Vigencia de normas) Se abrogan y derogan todas las normas y disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Presidencial Nº 28920, 15 de noviembre de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DP |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Complementar el Decreto Supremo Nº 27585 de fecha 21 /06/ 2004, conformando el Comité de Coordinación, Seguimiento y Fiscalización - CCSF, del Proyecto de Protección Ambiental y Social del Corredor Vial Santa Cruz - Puerto Suárez. | ||||
Keywords | Gaceta 2940, 2006-11-16, Decreto Presidencial, noviembre/2006 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26425 | ||||
Referencias | 2006.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Alicia Muñoz Alá Ministra de Gobierno e Interina de RR. EE. y Cultos, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda e Interino de Planificación del Desarrollo, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Carlos Villegas Quiroga, José Guillermo Dalence Salinas, Santiago Alex Gálvez Mamani Ministro de Trabajo e Interino de Salud y Deportes, Félix Patzi Paco. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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