CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Autorizacion de transferencias) Se autoriza al Ministerio de Hacienda realizar transferencias al Servicio Nacional de Caminos (SNC) de recursos provenientes de las recaudaciones efectivas del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) de la Gasolina Especial y el Diesel mil correspondientes al Tesoro General de la Nación (TGN) e inscritos en el Presupuesto General de Nación; en los siguientes porcentajes:
Cinco por ciento (5%) en la gestión fiscal 2002. |
Diez por ciento (10%) en la gestión fiscal 2003. |
Quince por ciento (15%) en la gestión fiscal 2004 y en adelante. |
Artículo 2°.- (Cuenta Nacional de Conservacion Vial) Las transferencias serán efectuadas de acuerdo a conciliaciones realizadas en forma mensual a la “Cuenta Nacional de Conservación Vial” (CNCV), habilitada en bolivianos en el Banco Central de Bolivia, cuyo destino será el mantenimiento de carreteras de la Red Vial Fundamental.
Artículo 3°.- (Desembolsos) Para ejecutar el presupuesto aprobado, el SNC gestionará desembolsos ante el Viceministerio de Tesoro y Crédito Público, presentando el formulario de Registro de Ejecución del Gasto C-31 por clase de gasto y afectando la Cuenta Fiscal CNCV, enmarcándose en lo establecido en normas vigentes, la Ley SAFCO y los instructivos aprobados del Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa (SIGMA)
Artículo 4°.- (Transitorio) El Ministerio de Hacienda podrá realizar anticipos en la gestión fiscal 2002 a favor del SNC, para el cumplimiento de las obligaciones pendientes por mantenimiento de caminos, los cuales serán considerados como avances de las transferencias de recursos definidas en los artículos precedentes.
Norma | Bolivia: Decreto Presidencial Nº 26487, 23 de enero de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DP |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al Ministerio de Hacienda realizar transferencias al SNC de recursos provenientes de las recaudaciones efectivas del IEHD correspondientes e inscritos en el Presupuesto General de Nación. | ||||
Keywords | Gaceta 2374, 2002-01-31, Decreto Presidencial, enero/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24043 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruiz, Carlos Kempff Bruno, Ivan Tavel Torres MINISTRO INTERINO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Enrique Paz Argandoña, Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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