Bolivia: Decreto Presidencial Nº 26436, 10 de diciembre de 2001

ENRIQUE TORO TEJADA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Embajador GUSTAVO FERNÁNDEZ SAAVEDRA, debe ausentarse del país en misión oficial del 10 al 12 de diciembre del presente año, integrando la Comitiva Oficial que acompañará al Excmo. señor Presidente de la República en la visita que realizará a la República Federativa del Brasil.
  • Que es necesario designar Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10, numeral II de la Ley Nº 1788 de 16 de septiembre de 1997.

DECRETA:

Artículo Único.- Desígnase MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al Embajador, D. ALBERTO ZELADA CASTEDO, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, mientras dure la ausencia del titular.


Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes diciembre del año dos mil uno.
Fdo. ENRIQUE TORO TEJADA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Presidencial Nº 26436, 10 de diciembre de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDesígnase Ministro Interino de Relaciones Exteriores y Culto, al Embajador, D. ALBERTO ZELADA CASTEDO, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto.
KeywordsGaceta 2367, 2001-12-20, Decreto Presidencial, diciembre/2001
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23992
Referencias2001.lexml
CreadorFdo. ENRIQUE TORO TEJADA PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1788] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo, 16 de septiembre de 1997
Ley de Organización del Poder Ejecutivo

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.