Considerando:

  • Que por prescripciones del artículo 27 de la ley de 5 de mayo de 1928, se ha conferido al Contralor General de la República, la facultad privativa de calificar y aceptar la fianzas de los funcionarios públicos obligados por ley, sean nacionales, departamentales o Municipales; que es necesario resguardar los intereses fiscales en cuanto a las fianzas hipotecarias a fin de que, aceptadas a ellas surta de inmediato sus efectos legales contra terceros como lo prescribe el art. 1° e la Ley de 15 de noviembre de 1887.
  • En Consejo de Ministros.

DECRETA:

Artículo Único.- Al artículo 7 de la Ley de 15 de noviembre de 1887, se añade el siguiente inciso:

“15. Se inscribirá a solo requerimiento del Contralor General de la república, a falta de escritura pública, las resoluciones que dicte aceptado las hipotecas que gravan los inmuebles que se ofrezcan en calidad de afianza par el ejercicio de funciones públicas o ejecución de contratos con el Estado.”


Los señores Ministros de Hacienda y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de julio de mil novecientos treinta y nueve años.
Tcnl. G. Busch. F. Pou Mont. V. Leitón. A. Ostria Gutiérrez. L. Herrero. D. Foianini. R. Jordán Cuéllar. B. Navajas Trigo C. Salinas A. A. Mollinedo. F. M. Rivera.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Ley de 26 de julio de 1939
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoDL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioFianzas de Funcionarios Públicos.-- Se modifica el art. 7 de la ley de15 de noviembre de 1887.
KeywordsDecreto Ley, julio/1939
OrigenArch. /1880-1959/PDF 1939/DL-26-07-1939-4.pdf
Referencias1825-1960.lexml
CreadorTcnl. G. Busch. F. Pou Mont. V. Leitón. A. Ostria Gutiérrez. L. Herrero. D. Foianini. R. Jordán Cuéllar. B. Navajas Trigo C. Salinas A. A. Mollinedo. F. M. Rivera.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-19280505] Bolivia: Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, 5 de mayo de 1928
Contraloría General.- Ley Orgánica.

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