Bolivia: Resolución Ministerial Nº 222-12, 22 de agosto de 2012

RESOLUCION MINISTERIAL N° 222-12
La Paz, 20 de agosto de 2012

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  • Que el numeral 4 del artículo 175 de la Constitución Política del Estado, establece como una atribución de las Ministras y Ministros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de Bolivia, el dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia y resolver en última instancia todo asunto administrativo que corresponda a su Ministerio.
  • Que el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 29894 de 07 de febrero de 2009, Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, dispone como una de las atribuciones y obligaciones de los Ministros del Órgano Ejecutivo, entre otras: el dictar normas en el ámbito de su competencia y la de emitir resoluciones ministeriales, así como bi-ministeriales y multi-ministeriales en coordinación con los Ministros que correspondan, en el marco de sus competencias.
  • Que la Resolución Ministerial Nº 497/2011 de 16 de diciembre de 2011 emitida por el Ministerio de Hidrocarburos y Energía aprueba el Reglamento para determinar la existencia o no de Reservorios Compartidos entre dos o más Departamentos, así como la determinación y aplicación del Factor de Distribución.
  • Que la Resolución Ministerial Nº 033/2012 de 03 de febrero de 2012 emitida por el Ministerio de Hidrocarburos y Energía modifica los artículos 3, 7, 9 y 10 del Reglamento para determinar la existencia o no de Reservorios Compartidos entre dos o más Departamentos, así como la determinación y aplicación del Factor de Distribución aprobado por Resolución Ministerial Nº 497/11.
  • Que el pueblo boliviano como único propietario de los hidrocarburos, cualquiera sea el estado en que se encuentren o la forma en la que se presenten, participará en el diseño de las políticas públicas. En este entendido, el Estado debe generar un manejo transparente de la información y del uso de los recursos en todos los espacios de gestión pública.
  • Que para una mejor comprensión y aplicación de los procedimientos establecidos por el “Reglamento para determinar la existencia o no de Reservorios Compartidos entre dos o más departamentos, así como la determinación y aplicación del Factor de Distribución”, es necesario establecer un texto ordenado de dicho Reglamento.

POR TANTO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Texto Ordenado del “Reglamento para determinar la existencia o no de Reservorios Compartidos entre dos o más departamentos, así como la determinación y aplicación del Factor de Distribución”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 497/2011 de 16 de diciembre de 2011 y modificado mediante Resolución Ministerial Nº 033/2012 de 03 de febrero de 2012, que consta de 3 Capítulos y 14 Artículos, que en Anexo forma parte indivisible de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.- Se instruye a la Dirección General de Asuntos Administrativos, realizar las acciones correspondientes para la publicación de la presente Resolución Ministerial, en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia.

Artículo 3°.- La Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Asuntos Administrativos dependientes de este Ministerio quedan encargadas de la difusión, ejecución y cumplimiento de la presente Resolución Ministerial.


El señor Ministro de Hidrocarburos y Energía en ejercicio de las atribuciones conferidas por Ley y disposiciones conexas;
Regístrese, Comuníquese, Publíquese, Cúmplase y Archívese.
Fdo. Ing. Juan José Hernando Sosa Soruco

Anexo
Anexo

Reglamento para determinar la existencia o no de reservorios compartidos entre dos o más departamentos, así como la determinación y aplicación del factor de distribución

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Ministerial Nº 222-12, 22 de agosto de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoRM
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprobar el Texto Ordenado del “Reglamento para determinar la existencia o no de Reservorios Compartidos entre dos o más departamentos, así como la determinación y aplicación del Factor de Distribución”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 497/2011 de 16 de diciembre de 2011 y modificado mediante Resolución Ministerial Nº 033/2012 de 03 de febrero de 2012, que consta de 3 Capítulos y 14 Artículos, que en Anexo forma parte indivisible de la presente Resolución Ministerial.
KeywordsGaceta 412NEC, Resolución Ministerial, agosto/2012
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/140824
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 412NEC, 201209a.lexml
CreadorFdo. Ing. Juan José Hernando Sosa Soruco
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-29894] Bolivia: Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, DS Nº 29894, 7 de febrero de 2009
Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional
[BO-RE-RM222-12] Bolivia: Reglamento para determinar la existencia o no de Reservorios Compartidos entre dos o más departamentos, así como la determinación y aplicación del Factor de Distribución, 22 de agosto de 2012
Reglamento para determinar la existencia o no de Reservorios Compartidos entre dos o más departamentos, así como la determinación y aplicación del Factor de Distribución.

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