Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a licitar y contratar la construcción y supervisión del tramo carretero Roboré - Puerto Suárez para completar la carretera troncal Santa Cruz - Puerto Suárez, con financiamiento privado y/o de organismos financieros nacionales, multilaterales o internacionales.
Artículo 2°.- Conforme la declaración de prioridad nacional establecida mediante Ley de la República, por ser una vía fundamental para la reactivación económica nacional, excepcionalmente los créditos para este proyecto podrán no estar sujetos a los límites de endeudamiento establecidos en el artículo 35 de la Ley Nº 2042, de Administración Presupuestaria, de 21 de diciembre de 1999.
Norma | Bolivia: Ley Nº 3187, 30 de septiembre de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase al Poder Ejecutivo a licitar y/o contratar la construcción y supervisión del tramo carretero Roboré -Puerto Suárez | ||||
Keywords | Ley, septiembre/2005 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3187 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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