Bolivia: Ley Nº 2253, 9 de octubre de 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se aprueba para la gestión 2001 el Presupuesto Adicional Agregado de Bs. 1.419.748.210.- y el consolidado de Bs. 1.376.562.120.- del sector público conformado por la Administración Central, Instituciones Descentralizadas, Prefecturas, Gobiernos Municipales, Instituciones de Seguridad Social, Empresas Públicas e Instituciones Financieras, según Anexos I al XI y Anexos Modificatorios Nos. 1 y 2.

Artículo 2°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, efectuar modificaciones presupuestarias que incrementan el grupo del gasto 10000 “Servicios Personales”, por un total de Bs. 12.350.527.-, de conformidad con el Anexo 12.
En cumplimiento al fallo judicial de 27 de octubre de 2000, sustanciado por ante las autoridades jurisdiccionales competentes, se autoriza el incremento, al grupo 10000, por Bs. 3.058.843.- (Tres millones cincuenta y ocho mil ochocientos cuarenta y tres 00/100 Bolivianos), para la Caja Petrolera de Salud, destinados a atender el pago de Bono de Antigüedad, única y exclusivamente a quienes se hallan comprendidos en dicha sentencia, sin afectar los recursos provenientes del Tesoro General de la Nación.

Artículo 3°.- Se aprueban los traspasos presupuestarios de proyectos a otros gastos por un monto de Bs. 44.986.908.-, de conformidad al anexo XIII.

Artículo 4°.- En virtud a que el Fondo Nacional de Desarrollo Forestal (FONABOSQUE) no se encuentra implementado y al poseer recursos inmovilizados para los fines que ha sido constituido, se autoriza a la Superintendencia Forestal (SIRENARE), en cumplimiento del artículo 23° de la Ley Forestal No. 1700, a utilizar recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Forestal (FONABOSQUE), hasta Bs. 2.500.000.- para cubrir sus gastos de operación.

Artículo 5°.- Queda modifica la Ley Nº 2158, de 13 de Diciembre de 2000, que aprueba el Presupuesto General de la Nación 2001, en todo lo que se establezca y corresponda a la presente Ley.

Artículo 6°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley.


Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de octubre de dos mil un años.
Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de octubre de dos mil un años.
Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ,
José Luis Lupo Flores, Jacques Trigo Loubiere.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2253, 9 de octubre de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba para la gestión 2001 el Presupuesto Adicional Agregado de Bs. 1.419.748.210.- y el consolidado de Bs. 1.376.562.120.- del sector público
KeywordsLey, octubre/2001
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2253
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque. Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ,
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2158] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2001, 13 de diciembre de 2000
Se aprueban los presupuestos institucionales del Sector Público para su vigencia durante la gestión fiscal de 2001, cuyo agregado suma el importe de Bs. 35.128.021.009.-, y el consolidado suma el importe de Bs.27.485.332.372.-

Referencias a esta norma

[BO-DS-26735] Bolivia: Decreto Supremo Nº 26735, 30 de julio de 2002
Se aprueba los ajustes y traspasos interinstitucionales e intrainstitucionales dentro el Presupuesto General de la Nación para la Administración Central, correspondientes a la Gestión 2001.

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