CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer medidas de prevención y contención para la emergencia nacional contra el brote de Coronavirus (COVID-19) en todo el territorio nacional.
Artículo 2°.- (Horario continuo)
Artículo 3°.- (Prohibición de reuniones) A partir de la publicación del presente Decreto Supremo quedan prohibidas las reuniones sociales, culturales, deportivas y religiosas que aglutinen en un solo espacio a más de cien (100) personas.
Artículo 4°.- (Prohibición de actividades) Quedan prohibidas todas las actividades y eventos que se desarrollen en discotecas, bares, cines, escenarios deportivos, gimnasios y parques de diversiones.
Artículo 5°.- (Prohibición de ingreso de viajeros por espacio aéreo)
Artículo 6°.- (Gravamen arancelario)
Disposición Transitoria Primera.- Para el cumplimiento del Artículo 6 del presente Decreto Supremo, la Aduana Nacional adecuará sus sistemas, en un plazo de vienticuatro (24) horas, computables a partir de la publicación de la presente norma.
Disposición Transitoria Segunda.- Los Permisos, Autorizaciones Previas y Certificaciones para las mercancías identificadas en las subpartidas arancelarias identificadas según el detalle del Anexo del presente Decreto Supremo deberán ser emitidas por la autoridad competente dentro los dos (2) días calendario, a partir de la fecha de la solicitud.
Disposición Transitoria Tercera.- En el marco del Artículo 197 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 25870, de 11 de agosto de 2000, los envíos de socorro podrán ser consignadas a instituciones públicas o privadas, cuyo objetivo sea su distribución gratuita para la emergencia nacional por la presencia del brote de Coronavirus (COVID-19) previa coordinación con el Ministerio de Salud, hasta el 31 de diciembre de 2020.
Disposición Final Primera.-
Disposición Final Segunda.-
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 4192, 16 de marzo de 2020 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establece medidas de prevención y contención para la emergencia nacional contra el brote de Coronavirus (COVID-19) en todo el territorio nacional.ANEXO(S) :Establece medidas de prevención y contención para la emergencia nacional contra el brote de Coronavirus (COVID-19) en todo el territorio nacional.Fecha de emisión : 2020-03-16- Descargar Anexo | ||||
Keywords | Gaceta 1245NEC, Decreto Supremo, marzo/2020 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168023 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1245NEC, 202005a.lexml | ||||
Creador | FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Karen Longaric Rodríguez, Yerko M. Núñez Negrette, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, José Luis Parada Rivero, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Wilfredo Rojo Parada, Iván Arias Durán, Carlos Fernando Huallpa Sunagua, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Oscar Bruno Mercado Céspedes, Aníbal Cruz Senzano, María Elva Pinckert de Paz, Víctor Hugo Cárdenas Conde, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval, Martha Yujra Apaza, María Isabel Fernández Suarez, Milton Navarro Mamani. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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