CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Facultades del interventor)
Artículo 2°.- (Sistema de control social)
Artículo 3°.- (Plazo de resolucion) La Superintendencia de Electricidad en el procedimiento en curso de intervención preventiva a la empresa ELFA S. A., dictará la Resolución que corresponda según el Artículo 63 del Reglamento de Concesiones, Licencias y Licencias Provisionales en el plazo máximo de tres (3) días.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29078, 24 de marzo de 2007 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | La Superintendencia de Electricidad, emitida la Resolución de Aceptación de la Intervención, a efectos de garantizar la prestación del servicio, ampliará, de manera excepcional, las facultades establecidas en la Resolución Administrativa SSDE Nº 093/2007 de 20 de marzo de 2007 para el interventor de la empresa ELFA S.A. | ||||
Keywords | Gaceta 2980, 2007-03-29, Decreto Supremo, marzo/2007 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26585 | ||||
Referencias | 2007.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Jerges Mercado Suárez, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, José Guillermo Dalence Salinas, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Victor Cáceres Rodríguez, Nila Heredia Miranda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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