CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se sustituye el segundo párrafo del artículo 43 del Reglamento de Licitación de Areas para Exploración y Explotación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 25049 de 22 de mayo de 1998, en la forma que se indica a continuación:
“Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos cuando así lo considere conveniente, podrá aceptar del Titular de un Contrato de Riesgo Compartido, en sustitución de las boletas de garantía emitidas por bancos nacionales, cartas de crédito “Stand By”emitidas por bancos extranjeros, que cuenten con una calificación de emisor de largo plazo en moneda extranjera de al menos A-según la calificadora de riesgo Standard & Poors, A- según la calificadora de riesgo Fitch, A3 según la calificadora de riesgo Moody's, o un nivel de calificación equivalente, en caso de tratarse de cualquier otra calificadora internacional, tanto para la firma del Contrato de Riesgo Compartido como para las futuras garantías durante el período de exploración.”
Artículo 2°.- Se abroga el Decreto Supremo Nº 24890 de 5 de noviembre de 1997 y se derogan todas las disposiciones contrarias a la presente disposición legal.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26292, 25 de agosto de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se sustituye el segundo párrafo del artículo 43 del Reglamento de Licitación de Areas para Exploración y Explotación. | ||||
Keywords | Gaceta 2338, 2001-08-31, Decreto Supremo, agosto/2001 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23849 | ||||
Referencias | 2001.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mancilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Hernán Terrazas Ergueta MINISTRO INTERINO SIN CARTERA RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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