Bolivia: Decreto Supremo Nº 25445, 25 de junio de 1999

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Decreto Supremo Nº 25103 de 17 de julio de 1998, se autorizó por la gestión 1998 la cancelación del “Viático de Salud” en favor de los funcionarios públicos afiliados a la Confederación Sindical de Trabajadores en Salud de Bolivia con cargo a la Partida 22200 “Viáticos” del Presupuesto de esa gestión tanto del Ministerio de Salud y Previsión Social como de las Prefecturas Departamentales, en la suma unitaria de Bs.484 imputable al primero el monto de Bs.300 y al segundo Bs.184 de conformidad al Convenio suscrito por el Supremo Gobierno con el organismo sindical.
  • Que para la gestión en curso, nuevamente se suscribió un Convenio por los Ministros de Salud y Previsión Social y del Trabajo y Microempresa y la Confederación Sindical de Trabajadores en Salud de Bolivia, en que se reconoce el emolumento como “Viático de Vacunación” en la misma cantidad del pasado año y manteniendo la porcentualidad ya establecida en el Decreto Supremo Nº 24103, con la permisibilidad de que el RC - IVA será líquido a través del Formulario 101 del SNII, bajo la presentación de facturas fiscales para crédito.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se autoriza el pago único de Bs.484 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO 00/100 BOLIVIANOS), como “VIATICO DE VACUNACIÓN” por la gestión 1999, en favor de los funcionarios públicos afiliados a la Confederación Sindical de Trabajadores de Salud y Previsión Social y de los Servicios Departamentales de Salud, que hubieren prestado servicios entre el 1 de junio de 1998 al 30 de marzo de 1999, con la exclusión del personal contratado con Item de nueva creación por falta de presupuesto.

Artículo 2°.- El pago de este viático será efectuado con cargo a la Partida 22200 “Viáticos” del presupuesto del Ministerio de Salud y Previsión Social y de las Prefecturas Departamentales de la gestión 1999, hasta el 6 de julio del año en curso, que será financiado en Bs.300 (TRESCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), con recursos del Tesoro General de la Nación y en Bs.184 (CIENTO OCHENTA Y CUATRO BOLIVIANOS) con recursos propios de las Prefecturas Departamentales, totalizando los Bs.484, que beneficiará a 9.832 funcionarios de acuerdo a detalle anexo que forma parte del presente decreto supremo.

Artículo 3°.- Para efectos del RC - IVA se autoriza a los beneficiarios de este emolumento obtener el crédito a través del Formulario 101 del SNII, con la presentación de facturas o notas fiscales.

Artículo 4°.- Se faculta a los Ministerios de Salud y Previsión Social y de Hacienda, aprobar por resolución expresa las modificaciones presupuestarias emergentes de la aplicación del presente decreto supremo.


Los señores Ministros de Estado, en los despachos de Hacienda, y de Salud y Previsión Social quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Ramiro Cavero Uriona, Ministro Interino de Hacienda, Carlos Alberto Subirana Suárez, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, José Alfredo Henicke Bruno, Ministro Interino de Salud y Previsión Social, Luis Vasquez Villamor, Walter Nuñez Rodríguez, Ministro Interino de Agricultura Ganadería Y Desarrollo Rural, José Antonio Barriga Arroyo, Ministro Interino de Desarrollo Sostenible y Planificación, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Jorge Landivar Roca.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 25445, 25 de junio de 1999
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza el pago único de Bs. 484 , como "VIATICO DE VACUNACIÓN" por la gestión 1999, en favor de los funcionarios públicos afilados a la Confederación Sindical de Trabajadores de Salud y Previsión Social.
KeywordsGaceta 2148, 1999-07-08, Decreto Supremo, junio/1999
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/9371
Referencias1990b.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Ramiro Cavero Uriona, Ministro Interino de Hacienda, Carlos Alberto Subirana Suárez, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, José Alfredo Henicke Bruno, Ministro Interino de Salud y Previsión Social, Luis Vasquez Villamor, Walter Nuñez Rodríguez, Ministro Interino de Agricultura Ganadería Y Desarrollo Rural, José Antonio Barriga Arroyo, Ministro Interino de Desarrollo Sostenible y Planificación, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Jorge Landivar Roca.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-24103] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24103, 25 de agosto de 1995
Se homologa la resolución 90/94 de 29 /09/ 1,994 del directorio de YPFB que aprueba la solicitud de la Compañía Petrolera de Exploración y Explotación (PETROLEX S.A.) para subrogar el cincuenta por ciento (50%) de sus derechos y obligaciones, en favor de la empresa YPF S.A. (Sucursal Bolivia).
[BO-DS-25103] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25103, 17 de julio de 1998
Se autoriza el pago de Bs484 como viático de salud en la gestión 1998, en favor de los funcionarios públicos en Salud.

Referencias a esta norma

[BO-DS-25833] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25833, 6 de julio de 2000
Se autoriza el pago de Bs. 600 como "Asignación por Campaña de Vacunación" por la gestión 2000.

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