Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Creación y objeto)
Artículo 2°.- (Areas de actividades) El programa de apoyo y protección desarrollara actividades en las siguientes áreas:
Artículo 3°.- (Cedulas de identificacion) La Dirección Nacional de Identificación expedirá cédulas de identidad con carácter indefinido a tenias las personas mayores de sesenta y cinco años.
Artículo 4°.- (Norma de tratamiento preferente) Las personas de la tercera edad recibirán un trato especial y preferente en los trámites que realicen, disponiendo para tal efecto los mecanismos pertinentes y necesarios.
Artículo 5°.- (Comision de evaluacion y seguimiento) Créase la comisión de seguimiento y evaluación permanente del Programa Nacional de Apoyo y Protección a las personas de la Tercera Edad, cuya conformación y funcionamiento será determinada por Resolución Suprema.
Artículo 6°.- (Gestion de financiamiento) El Ministerio de Desarrollo Humano gestionará asistencia técnica y recursos financieros nacionales y de la cooperación internacional, con la finalidad de brindar atención integral a las personas de la tercera edad.
Artículo 7°.- (Derogacion) Se deroga en el artículo 5o el párrafo tercero del Decreto Supremo Nº 22766 de 2 de abril de 1991.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24355, 23 de agosto de 1996 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se instituye el Programa Nacional de Apoyo y Protección a las personas de la tercera edad. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, agosto/1996 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24355.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzain. Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano S., MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y SUPLENTE DE JUSTICIA, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortiz. Moisés Jarmusz Levy. Reynaldo Peters Arzabe. Guillermo Richter Ascimani. Edgar Saravia Dumik. MINISTRO SUPLENTE DE CAPITALIZACION. Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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