Bolivia: Decreto Supremo Nº 22829, 6 de junio de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Instituto Superior de Administración Púb1ica (ISAP), fué creado mediante Decreto Supremo Nº 06991 de 10 de diciembre de 1964, con el fin de complementar los programas de reforma administrativa y asegurar su ejecución a través de la capacitación y adiestramiento de funcionarios de diverso nivel en escala nacional, consignando el Presupuesto necesario para su funcionamiento;
  • Que el ISAP por diferentes razones y motivos no cumplió con los objetivos nacionales para los cuales fue creado, ni ha logrado pese a sus reales esfuerzos la capacitación deseada con los procesos de formulación de políticas, asistencia técnica y de investigación, representando una carga económica para el Estado;
  • Que mediante decretos supremos Nº 22434 de 17 de febrero y Nº 22547 de 23 de julio de 1990, se encomendó al Ministerio de Planeamiento y Coordinación para que mediante sus organismos dependientes como el Instituto Nacional de Estadística, Consejo Nacional de Población y otras entidades abocadas a la problemática poblacional efectúe durante 1990 el Plan Nacional para el Censo de Población y Vivienda a realizarse en 1991;
  • Que la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) de la ciudad de La Paz, viene confrontando una serie de dificultades económicas para la adquisición de libros que requiere con urgencia, así como de pupitres, mesas de lectura y sillas, siendo deber del Estado y con carácter de apoyo a sus específicas funciones, atender estas necesidades en la medida de sus posibilidades, destinando la biblioteca del ISAP, y los bienes muebles en favor de la citada casa de estudios.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Se dispone la disolución del Instituto Superior de Administración Pública, debiendo el saldo del presupuesto asignado a la gestión fiscal de 1991 ser revertido al Tesoro General de la Nación.

Artículo 2°.- Se ratifica la Resolución Ministerial 014/91 de 26 de febrero de 1991 pronunciada por Ministerio de Planeamiento y Coordinación en sentido de que el Instituto Nacional de Estadística (INE) ocupe el inmueble situado en la Av. Carrasco, zona de Miraflores, donde anteriormente funcionaba el ISAP, por reunir las condiciones adecuadas para el mejor cumplimiento de sus tareas específicas.

Artículo 3°.- Se dispone que todos los volúmenes de la biblioteca, pupitres, mesas de lectura y sillas del ex-ISAP pasen en propiedad a favor de la Universidad Mayor de San Andrés, en base al inventario existente, con intervención del Registro Nacional de Bienes del Ministerio de Finanzas.

Artículo 4°.- Se abroga todas las disposiciones contrarias al presente decreto supremo.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Planeamiento y Coordinación, Finanzas, asi como Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Marcelo Pérez Min. RR. EE. y Culto a. i., Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 22829, 6 de junio de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe dispone la disolución del Instituto Superior de Administración Pública, debiendo el saldo del presupuesto asignado a la gestión fiscal de 1991.
KeywordsGaceta 1696, 1991-06-17, Decreto Supremo, junio/1991
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16847
Referencias1990a.lexml
CreadorFdo. JAIME PAZ ZAMORA, Marcelo Pérez Min. RR. EE. y Culto a. i., Carlos A. Saavedra Bruno, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-22434] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22434, 17 de febrero de 1990
Encomiéndase al Ministerio de Planeamiento y Coordinación, para que mediante sus organismos dependientes como el Instituto Nacional de Estadística, Consejo Nacional de Población y otras entidades abocadas a la problemática poblacional, efectúe durante 1990 el Plan Nacional para el Censo de Población y Vivienda a realizarse el año 1991 y en el año 1992, proceda al procesamiento de datos obtenidos en dicho Censo.
[BO-DS-22547] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22547, 23 de julio de 1990
El Instituto Nacional de Estadística, dependiente del Ministerio de Planeamiento y Coordinación, organizara y dirigirá la programación, ejecución, procesamiento y publicación del Censo Nacional de Población y Vivienda en todo el territorio de la República.

Referencias a esta norma

[BO-DS-25460] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25460, 21 de julio de 1999
Transfiérese a título gratuito en favor del Ministerio de Hacienda, para ser asignado al Instituto Nacional de Estadística (INE), el inmueble situado en la calle José Carrasco número 1391 zona de Miraflores de la ciudad de La Paz .

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