Bolivia: Decreto Supremo Nº 508, 12 de mayo de 2010

Decreto Supremo Nº 0508
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Decreto Supremo Nº 074, de 15 de abril de 2009, dispone la liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana - ENTB y norma el proceso de liquidación a cargo de ENTB en Liquidación.
  • Que el Artículo 4 del citado Decreto Supremo, norma el proceso de liquidación, y establece los ámbitos de acción en lo referente a los activos, pasivos, procesos administrativos, judiciales y arbitrales seguidos en contra o iniciados por ENTB, y patrimonio cultural institucional. Asimismo, el Artículo 5 del mencionado Decreto Supremo, establece como plazo para la liquidación un (1) año improrrogable, a partir de la fecha de publicación del Decreto Supremo Nº 074.
  • Que a la fecha no se han concluido las actividades de orden legal, económico, financiero y administrativo para la liquidación de ENTB, por factores externos a la entidad liquidadora, motivo por el cual es necesario adoptar medidas para la continuidad y conclusión de la liquidación de ENTB.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se establece dar continuidad a la liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana - ENTB, a cargo de ENTB en Liquidación, hasta el 31 de diciembre de 2010, conforme lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 074, de 15 de abril de 2009.


El señor Ministro de Estado, en el Despacho de la Presidencia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de mayo del año dos mil diez.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Sonia Polo Andrade, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 508, 12 de mayo de 2010
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEstablece dar continuidad a la liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana - ENTB, a cargo de ENTB en Liquidación, hasta el 31 de diciembre de 2010, conforme lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0074, de 15 de abril de 2009.
KeywordsGaceta 130NEC, 2010-05-12, Decreto Supremo, mayo/2010
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/57043
ReferenciasGaceta 130NEC,2010-05-12, ncpe.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Sonia Polo Andrade, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-N74] Bolivia: Decreto Supremo Nº 74, 15 de abril de 2009
Dispone la Liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana - ENTB y norma el proceso de liquidación.

Referencias a esta norma

[BO-DS-N742] Bolivia: Decreto Supremo Nº 742, 22 de diciembre de 2010
Establece la entidad encargada del proceso de liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana - ENTB y las previsiones de orden legal, económico, financiero y administrativo para llevar a cabo el mismo.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.