Bolivia: Decreto Supremo Nº 26048, 12 de enero de 2001

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que, mediante Decreto Supremo Nº 25955 de 20 de octubre de 2000 se autorizó al Ministerio de Hacienda la adquisición directa de 50.000 unidades de pasaportes impresos en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre del Gobierno de España, de acuerdo a normas internacionales de control y seguridad, en las características requeridas y condiciones favorables a la República.
  • Que, al no existir al presente Pasaportes en Libreta disponibles, no es posible atender favorablemente las solicitudes de ciudadanos nacionales para la extensión de este documento que los permita la salida o ingreso legal del territorio nacionaI.
  • Que, es necesario conceder el Pasaporte en Libreta a quienes así lo soliciten por ser el documento legal e idóneo que el Estado Boliviano otorga a sus ciudadanos para que puedan viajar al exterior.
  • Que, el Art.92 del Decreto Supremo Nº 24423 de 29 de noviembre de 1996 RÉGIMEN LEGAL DE MIGRACIÓN establece que los Pasaportes en Libreta tienen una duración máxima de seis años desde la fecha de su otorgación.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Revalidar en forma gratuita hasta el 30 de junio de 2001 todos los Pasaportes en Libreta vencidos desde JUNIO de 1999 a la fecha.


El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de enero del año dos mil uno.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, José Rivera Eterovic, MINISTRO INTERINO DE LA PRESIDENCIA, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26048, 12 de enero de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioRevalidación de Pasaportes en Libreta, vencidos desde junio de 1999 a la fecha.
KeywordsGaceta 2283, 2001-01-15, Decreto Supremo, enero/2001
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23607
Referencias2001.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, José Rivera Eterovic, MINISTRO INTERINO DE LA PRESIDENCIA, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-24423] Bolivia: Régimen Legal de Migración, DS Nº 24423, 29 de noviembre de 1996
El Estado boliviano reconoce que la migración representa un factor importante para el país. Que la inmigración favorece al crecimiento demográfico y debe constituirse en elemento coadyuvante del desarrollo social y económico, a través de la inversión real y del trabajo efectivo, siendo además necesario evitar la emigración de nacionales.
[BO-DS-25955] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25955, 20 de octubre de 2000
Se autoriza al Ministerio de Hacienda la adquisición directa de 50.000 unidades de pasaportes impresos de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre del Gobierno de España.

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