CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Complementándose el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 23035 de 23 de enero de 1992, exímese al Ministerio de Finanzas del pago del 0.5% sobre el valor CIF para AADAA y el 2% de servicios prestados acumulados, correspondiente a todas las importaciones de pasaportes y máquinas plastificadoras en caliente para la impresión final de pasaportes, internados o por internarse al país, con destino exclusivo al Ministerio de Finanzas, dentro el marco del acuerdo de cooperación boliviano español de 20 de septiembre de 1991.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 23457, 31 de marzo de 1993 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Complementándose el art. 6º; del decreto supremo 230351 de 23 de enero de 1,9921 (Pasaportes). | ||||
Keywords | Gaceta 1784, 1993-04-30, Decreto Supremo, marzo/1993 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/17403 | ||||
Referencias | 1990a.lexml | ||||
Creador | Fdo. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Roberto Pacheco Hertzog Min. RR. EE. Y Culto a. i., Marco Antonio Oviedo Huerta Min. Interior Migración Justicia y Defensa Social a. i. Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Flavio Escóbar Llanos Min. Planeamiento y Coordinación a. i. Mario Requena Min. Finanzas a. i., Abigail Pérez Medrano Min. de Educación y Cultura a. i., Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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